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{"id":"decreto-ejecutivo-2001-46.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Decreta:**\nARTíCULO 1: Adoptar a partir del tio escolar 2001 el plan de estudio para el\nBachillerato Agropecuario con Enfasis en Manejo Agroforestal.\nPARAERAFO: El plan de estudio actualizado iniciari con los alumnos y alumnas\ndel cuarto (IV) ano quienes deberin haber cumplido con el proceso de matricula\nestablecido por la institución.\nARTf CULO 2: El plan de estudio actualizado para el Bachillerato Agropecuario\ncon Énfasis en Manejo Agroforestal comprende los siguientes periodos, beas y\nasignaturas a las cuales se les asigna la distribución horaria que se seflda a\ncontinuacibn: ;\nPLAN DE ESTUI) DEL BACHILLERATO AGROPECUARIO","ini":110,"fin":744}
{"id":"decreto-ejecutivo-2001-46.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"AREAS Y CARGA HORARIA\nASIGNATURAS\nGRADOS TOTAL PESO\nHORAS PORCENTUAL","ini":746,"fin":814}
{"id":"decreto-ejecutivo-2001-46.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Investigaci6n y 10 10 10\nDesarrollo de Proyectos 1\nN” 24,277 Gaceta Oficial, viernes 6 de abril de 2001 23","ini":816,"fin":922}
{"id":"decreto-ejecutivo-2001-46.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"POR EL CUAL SE CREA EL PLAN DE ESTUDIO PARA EL BACHILLERATO AGROPECUARIO CON ENFASIS EN MANEJO AGROFORESTAL.","contenido":"POR EL CUAL SE CREA EL PLAN DE ESTUDIO PARA EL BACHILLERATO AGROPECUARIO CON ENFASIS EN MANEJO AGROFORESTAL.","ini":0,"fin":108}
{"id":"decreto-ejecutivo-2001-46.a3","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 3","contenido":"**Artículo 3.** La hora clase, para el desarrollo de estos planes de estudio, será de 40 minutos mínimos a fin de garantizar el alcance y profundidad de los contenidos programaticos y los aprendizajes pertinentes.","ini":924,"fin":1137}
{"id":"decreto-ejecutivo-2001-46.a4","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 4","contenido":"**Artículo 4.** Los horarios de laboratorios y práctica profesional y de c organizarán de manera que permitan atender secuencialmente los grupos p materia y docente.\nPAFUGRAFQ: La práctica profesional debe ser organizada por el centro escolar y se realizará en organismos gubernamentales y no gubernamentales que desarrollen programas y proyectos agroforestales.","ini":1139,"fin":1501}
{"id":"decreto-ejecutivo-2001-46.a5","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 5","contenido":"**Artículo 5.** El Ministerio de Educación a través de las instancias curriculares respectivas y de la Dirección General de Educación evaluará anualmente esta modalidad con la finalidad de realizar los ajustes que sean necesarios.\n\nARTiCULOti: Este Decreto comenzará a regir a partir de su promulgación.\n\nCOMUNÍQUESEYPUBLÍQUESE Dado rn la Ciudad dr Panama, I loo vrrlntlnurve (28) dlal del mrr dr marzo da doa mll uno (POOI),\n\nbORIS ROSAS DE MATA Ministra de Educach.\n\nCONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PENONOME ACUERDO NP 01 (De 9 de marzo de 2001)\n“Por med/o de/ cusl la Tesomtia Munic&al de PenanomB adopta medidas para normar las expediciones de ce&Mcac/ones de los Tahw Mecbnlcos a los duefios de vehícui~~s que /os han fwvido en ReparacCbn”.\nEL HONORABLE CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PENONOMe\n\nEN USO DE SUS FACULTADES LEGALES\n\nl Que la Tssorwia Municipal de Penonom4, ampatindose en el articulo 84 de la ley 106 de 8 de octubre de 1873, modificada por la Ley 52 de 1904 y la cual esta- la obligatoriedad de todo negocio de inscribirse en el Municipio correspondiente.","ini":1503,"fin":2582}
