POR EL CUAL SE CONCEDE AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO A LA UNIVERSIDAD PARTICULAR DE SANTANDER-PANAMA, (UDES-PANAMA)TipoDecreto EjecutivoNúmero31Año2001Gaceta24284Artículos2
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LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA En uso de sus facultades constitucionales y legales,
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Oración 1· Artículo 1
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Contenido de la cláusula· LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA E…
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Artículo 1
**Artículo 1.** ” del Decreto Ejecutivo No.1 de 20 de enero deW%Js.‘,
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA En uso de sus facultades constitucionales y legales,
**Considerando:**
Que la Ley No.1 7 de 15 de julio de 1992, exoneró del I.T.B.M. las importaciones y transferencias de libros y textos de cualquier género, las publicaciones y revistas educativas; cuadernos, lápices y demás artículos de exclusivo uso escolar
Que el Decreto Ejecutivo No. 1 de 20 de enero de 1993,reglament6 la exonerach de T.T.B.M, entre otroe artleulor do uoo oscolar a loe cuadernos areolarea de raya ancha, doble raya, caligrafia, cuadriculadoy ds dibujo, @te lo@ourdemorde eepirrler y nun divsrrao fabrioaolaneede tres (3), cinco (5) y ottar divirionear, no fhron inaluidor como curdsrnoa Qn el Daareto EjeacutivoNo.1 de 1993a loe efectoa de du wmplimhnte 8 lël d#atisr~cibn da 1,T.B.M. a h ouädw~~osen su conaapto genetàl eshblecido por 1Puy ki7 de i992, DECrnTAs
Artículo 1O
**Artículo 1O.** Para loa efecios“dkl ) del Parigrafo 8’ del Articulo 1057-v del C6diga Fiscal, esta& exentasdel Impuestode Transferenciade Bienes CorporalesMuebles:
a) TodM las importaciones y transferencias de libros y textos de cualquier género incluidos los diccionarios.
b) Las publicaciones y revistas educativas, las mismas esttn previamenteclasificadascomo talespor el Ministerio de Educación,a solicitud de parteinteresadao de oficio;
c) Los cuadernos escolares de raya ancha, doble raya, caligrafia, de espirales con o sin divisiones, cuadriculado y de dibujo:
d) Todos los lápices;
e) LOSarticulos de exclusivo uso escolar que se enumeran en el artículo siguiente.
ARTíCULO SEGUNDO. Este Decreto comenzará a regir a partir de su promulgación.
COMUNíQUESE Y PUBLIQUESE.
Texto
NO Ministro de Economía y Finanzas
Texto
30 Garete Oflclal, jueves 19de abril de 2001 N” 24,284 p%RfCm 109: DE LAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO INTERNO. Este Reglamento Interno podrk ser modificado por el ministro o la ministra de Salud, previa consulta a la Direcci6n General de Carrera Administrativa.
Las modificaciones se efectuat+m a través de una. resolución emitida por el ministro o la ministra de Salud y serán comunicadas oficialmente por la Oficina Institucional de Recursos Humanos.
Texto
ARTfCULO 110: DE LA VIGENCIA DEL REGLAMENTO INTERNO. Este Reglamento Interno comenzará a regir a partir de su aprobaci6n y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Texto
ARTfCULO SEGUNDO: Ests Reaoluci6n empezar6 s regir P partir do su firma.
Texto
Dado en la ciudad de PsnamB. a los diecinueve dlss del mes de marzo del afto dos mil uno (2001).
Texto
COMUNfQUESE Y CtiMPLASE
Texto
MINISTERIO DE LA JkjVENTUD, LA MUJER, LA NIÑEZ Y LA FAMILIA DECRETO EJECUTIVO NP 31 (De 16 de abril de 2001)
“Por el cual se crea el Sistema Nacional de Capacitaclon en GBnaro”
Texto
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, En uso de sus facullades constitucionales y legales,
Texto
CONSIDERANDO: ,:
Texto
Que es obligación del Estado, por disposici6n constitucional, desarrollar pollticas sociales de prevencitn. protecci6n y promoci6n del bienestar general de la poblaci6n. proporcionendole oportunidades para su desarrollo flsico. mental, moral y espiritual en condiciones de libertad, respeto y dignidad. sin discriminación de ninguna clase.
Texto
Que de conformidad con la Ley No.
Texto
.
Texto
Que en nuestro pals es imperativo hacer cumplir los compromisos naclonales e internacionales y ejecutar como agenda de Estado el prlnclplo de igualdad de oportunidades;
N" 24,284 Gaceta Oficial, jueves 19 de abril de 2001 31
Texto
**Decreta:**
mediano y largo plazo la perspectiva de genero en la forriwlación. implementacidn, segbimiento y evaluaci6n de las polkicas ptiblicas, programas y prqyectos dirigidos a sus pobktones meta
Texto
ARTICULO SEQUNDO: El SNCG, tendra entre 5us objetlvoa generales los slguientes:
Texto
Texto
* El Concejo dtl BNCQ
- La Secretarla f0cnica . La Coordinacl6n Técnica (CT)
,, ~-, kas Unidades Fw+on$es,de Coor$Jn$+ ~(UFCs) iij .ii ,.
Texto
ARTICULO CUARTO: El ‘Consejo Nacional del Sistema Nacional de Capacitaci6n en Genero (CN-SNCG). ser8 el 6rgano consultivo del SNCG y en eI estarAn representadas en forma permanente. todas las entidades que participan en el SNCG, a trawis de unla representante y Su raSpeCtivola suplente, debidamente acreditada/o. de la siguienfe manera:
- El 0 la Miriistra de la Juventud, la Mujer, la Niiiez y la Familia, quien lo preside.
- El 0 la Directora Nacional de Capacilaci6n del Ministerio de la Juvenlud. la Mujer, la Nirlez y la Familia (MINJUMNFA), que ocupará la Secretarla Tknica.
- EL o la Representante del Ministerio de la Presidencia
- El o la Representante del Despacho de la Primera Dama de la República
- El 0 la Directora Nacional de la Mujer del MINJLIMNFA
- Los o las Directoras de los Mecanismos Gubernamentales para el Avance de la Condición de las Mujeres
- Los 0 1% Directoi& de las oficinas de capacitacibn de las Ins(ituciones publicas 2 El o la Directora de Carrera Administrativa
- El o la representante del Consejo Nacional de la Mujer
- El o la representante designadola de cada organismo de la socledad cwil integrante del SNCG.
Texto
Tpdos y lodas las integrantes del CN-SNCG ejercerdn sus funciones ad-honorem. TendrBn derecho a voz y voto, y las decisiones se tomaran por consenso o, en su defecto, por mayor&
Texto
El CN-SNCG, contar8 con una Comisidn Ejecutiva. encargada de atender funciones operativas, que ‘estard integrada en forma permanente. por hiel titular de su Presidencia y Secretaria Tknica. el/la Directora Nacional de ta Mujer del MINJUMNFA. elila Directoi/% de Catrera Administrativa, y unla representante de las ONGs integrantes del SNCG elegidola por mayoria simple en sesi6n de la Comisi6n de Enlace de la Sociedad Civil.
Texto
ARTICULO QUINTO: Entre las prtncipales funciones del CN-SNCG se encuentran las siguientes:
i- Evaluar los resultados de la capacitación del aho anterior, en relación con las orientaciones generales que se hablan propuesto.
2- Aprobar la memoria anual del SNCG.
3- Analizar y suminkttar recomendaciones a ta Coordinaci6n Ttknica,del SNCG, sobre el 32 Gaceta Otlclal, jueves 19 de abril de 2001 No 24,284 plan de capacltacldn del SNCQ a apllcar an cada perlodo anual, y aprobar plan.
4- Aprobar el antepmyecto de presupuesto anual de funclonamlento ordlnarlo del SNCQ, y la solicitud de fInanclacl6n extraordlnarla para las actlvldades no incluidas an el funcionamlanto corriente del SNCG.
5- Presentar proyectos a organismos nacionales eìnternaclonales de cooperacl6n para la obtenci6n de recursos extraordlnarios para el funclonamlento del SNCG.
e- Gestionar la obtencibn da medlos requerldos para la meJora continua del SNCG.
7- Establecer vlnculos con organlzaclones nacionales e internacionales para Impulsar la Igualdad da oportunidades.
8. Promovei capltulos provinciales del SNCG.
9- Suscribir convenlos y acuerdos para el fortalecimiento del SNCG.
_^.
lo- venmr posalon comun del ConseJo frente a los temas de su competencia.
Texto
ARTICULO SEXTO: La Secretarla T&nlca,, como Integrante del CN-SNCG y como encargada de la Dlreccl6n General del SNCG, tendra las siguientes funclones:
1- Supervisar la confecci6n del borrador del plan y presupuesto de capacitacl6n anual por Parta de la Coordlnacitm Tknica del SNCG. asi cori10 el desarrollo de todas sus funciones en general.
2- Negociar con otras entidades el contenido de los acuerdos que sea necesario suscribir.
3- Promover la vlsibltlzacl6n y legitlmaci6n del SNCG.
4- Presentar informes parl6dlcos sobre al estado y desarrollo de las acclones del SNCG, a Ias InstancIas que lo conforman.
5- Manejar los Archlvos del CN-SNCG y tramitar la correspondencia.
6. Asignar a las instancles que conforman el CN-SNCG, los’plenes, programas y tareas que deben ser,eJecutados.
7- Asumlr la representaci6n Institucional del SNCG, que esta funci6n le sea delegada por la Presidenta del CN-SNCG.
lo- Elaborar en conJunto con la ‘Comlsl6n Ejecutiva del CN-SNCG el reglamento interno del CN-SNCG, y hacer cumplir,sus disposiciones.
1 i- Coordinar t&ka y administrativamente los actos del CN-SNCG.
12- Intermediar poslbles confllctos que puedan surgir entre los diferentes actores que Integran el SNCG.
Texto
ARTICULO SEPTIMO: En la Direcci6n Nacional da Capacitaci6n del MIMJUMNFA, funcionara la Coordinaci6n TBcnlca del SNCG, a cargo de el o la Coordinadora T&cnica, con asistentes t8cnlcoslas. uno la a cargo de las tareas relacionadas con el Estado y otmla de la sociedad civil, y unla asistente secretaria1 y administratlvola. Como unidad t&ica operatlva del SNCG, y como unidad da coordinacibn central de sus diferentes instancias, atendera las siguientes funciones:
l- Preparar los insumos tknicos e Informes requeridos para el funcionamlento del SNCG ylo (idenlifkach5n de necesidades de capacitacidn; elaboracl6n del plan de capacitacibn anual; co?rdlnaci6n. seguim’mto y monitoreo de la ejecuci6n del plan;
2- Orgailzar y coordinar la ejecuclbn de las acciones de capacitaci6n transversal y especializada del SNCG (dlrlgldas a DIrectoreslas de Oflclnas de la Mujer, Integrantes del Gablnete~Mlnistarlal y Dlrecclones Ttcnkas, entre otma).
3. Praaentar para el conoclmlento y/o valldacUn de la Comlalbn Mixta, loa documentoa que ser&! presentados al CN. SNCQ 4- Qestlonar y admlnlstrar los mcumos dldktlcos y los medlos pedag6glcos proplos del SNCG y, en caso necesarlo, facllltar el estableclmlento de mecanlsmos de apoyo y colaboracl6n antm las Unidades Funcionales da Coordlnaclbn (UFCs). mspacto a los recursos con los que cuentan.
s- Dar segulmiento y apoyo MonIco a las programaciones elaboradas por cada una de ISS UFCs.
e- Seleccionar con rlaurosldad Mcnlce a los y las integrantes del Equlpo Especlalltado en QBnero (EEQ). -?- Proporcloner apoyo a los y las Intsgrantes del EEG, en sus tareas de plenlflcacl6n, aolloacl6n. monltoreo del desarrollo de las acllvldades de capacltacldn, a& como en la eialuacl6ri de los msultados de apllcacl6n.
8. En el marco de 1a Comlsl6n Mlxb, evaluar los prooedlmlentos globalea del SNCG, asf como su funcionamlento geneml. para su elevackn al CN-SNCG.
N" 24,284 Gaceta Oliicial, jueves l!J de abril de ?
lo- Asumir la representaci6n institucional de la Secretarla Técnica en el CN-SNCG, que esta función le sea delegada.
ll: Dar asesorla y criterio tknico a las autoridades del SNCG.
Texto
ARTICULO OCTAVO: Las Unidades Funcionales de CoordinaciOn (UFCs) funcionarán en cada una de las instituciones ptiblicas participantes y estarán integradas por el/la Directora de la Oficina de la Mujer, ellla Directora de la Oficina de Capacitacibn. un representante de asuellas ONGs que participen en el sistema y cuya especialización funcional este relacionada con la del Ministerio correspondiente a la Unidad. y losllas integrantes del EEG de la institucibn en cuestibn.
Su Coordinadorla se designar8 por consenso o. en su defecto, por mayorla simple. La coordinaci6n sa eJarcer8 an forma rotativa por al plazo de 1 arlo, correspondiente al aho de apllcaci6n de ceda plan de caphacibn.
Texto
@ntrc111funclonr~ da la UFCa so oontsmpltn:
1. Prognmrr 118aollvldldou da oaprollaolOn mr#ivc qua daba dr~rrfollrr tl $NCC8
2. Ba 6#gulmbnlo y woluar 101raullrdo6 da cpliototbn da IOI oonOoimlmntoeimprrtidon In Ia orp~oltmol~nma6h 3s Apoyrr I; 101y Iki inkgnnttr dtl CC0 nn @Ioumplimitnlo de IN lunoiona, robfa todo tn aqutllv nltolonadrr oon II organlrroYn d# 101proal01 d, c~prclt~olOn,
4. Rtoogor InformaclOn rrlrvrnte prra II IdrntlfloaclOn dt rwmldtdtr dr oapcolt~oYn, y trrn#mltlrh II dapatirmrnto dr CoordInaclOndrl 9NCQ.
6. Olrantlr8r II whtoncla y dwrrrollo de 108funtlofw o#lgnrdr# B #UDr@prewntrntrB on )’ InOComltlonw da Enlws y en la ComiriOn Mlxa drl SNCQ,
6.
cuy8 salacci4n ast8 a,cargo del equipo t8cnico del departamento de Coodinaci6n del SNCG,
Texto
Como equipo capacitador del funci,onariado público y personal de ONGs del SNCG, cumplir8 las siguientes funciones:
l- Identificar y aplicar la metodologla didktica mas adecuada a los objetivos de aprendizaje y a los y las destinatarias concretas a los que se dirige,
2. ,Diseflar, impartir y tutorizar la capacitaci6n al personal-meta de la institucibn correspondiente 3- Disenar y aplicar los instrumentos de evaluaci6n que medirán la satisfacci6n de los y las participantes, el qprandiraje de lo impartido, y los resultados de la aplicaci6n del mismo.
4- Presentar informes a la Unidades Funcionales de Coordinaci6n de sus institucionas
Texto
ARTICULO DECIMO: Las Comisiones de Enlace garantizarán el flujo de informaci6n entre la estructura central del SNCG y la estructura sectorial. Las Comisiones de Enlace estaran compuestas por:
al menos tres deben proceder de la Comisi6n da Enlace con la Sociedad Civil.
Las Comisiones de Enlace Sectoriales (sector público y-sociedad civil) analizardn los aspectos que puedan afectar de manera directa a los colectivos que les corresponde por sus propias competencias.
34 Gaceta Oficial, Jueves 19 de abril de 2001 En la Comlai6n mixta ea informarbn, una vez procesada le informacl6n provenlente de las Comklnws do Enlace Sectoriales, los procesos de toma de daclslbn de la estructura central.
‘La perlodlcldad mlnlma de sus reunlones ser& trimestral.
Texto
Sus sollcltudes de Ingreso SerLn ap mediante Resoluci6n del SNCQ.
Texto
ARTICULO DECIMO TERCERO: El MINJUMMNFA, suscrlblr8 Convenlos de Cooperaci6n con cada una de tas lnstltuclonea ptibllcse pertenecientes al SNCG. En ecuerdos de cooparaci6n se establecer8n loa mecanlsmos Instltuclonelss pertinentes para su inicio, conllnuldad y eoalenlbllldad tBcnka y flnancisra e las acciones del SNCG.
Texto
ARTICULO DECIMO CUARTO: Esta Decreto empqrarl a nglr a partir de su promulgaclbn
Texto
Dndo en la cludad de Panaml, a loa 16dlar del mea de nbrll de 2001.
Texto
COMUNIQUESE Y PUBLiQUESE,
Texto
la NIhez y la Famtlla
Texto
MMIATDERI tidh
Texto
AVISO partir del día 1’ de :ANONIMA, soc;iet Articulo 777 del denominada Dando cumplimiento inscrita a C6digo da Comercio !$Ps02ACION al Articulo 777 del 395713 Documento por este msdlo al Código de Comarclo 20358t ptibllco se hace saber L-47\-838157 se avlsa que el Presiden& es el zt x 07 ue IS sociedad Segunda publlcacl6n estableclmlento VICENTE a IJTOREPUESTOS xomercial ep&tro P~Xiico, nombre usual), o &l PACIFICO, S.A. PUESTOS PACI- identidad personal N” Registro Comercial ea ,el efior JO !! E L-471-861-22 FICO S.A.“, ubicado E 843411, re re-TI o”B”N” 1372 de JAIME ROMERO. Segunda pu’blicaci6n en V/a Jo& Agustín sentante le a P de 2.! de febrero’de El nuevo, propletarlo Arango, Calle ;$;. SALA DE BEfLEZA 2001, ha cambiado ya~mllsls~oJr~~ AVISO Edificio JURIELES, de prpplrt~jo y Dando cumplimlanto corregimiento de Juan por constltuirse aamlnlstracIon a FUNG, SOCIEDAD a lo establecido por el Dlsz, a la sociedad sociedad 98
Dado en la ciudad de Panamh, a los 2 días del mes marzo del año dos mil uno (2001).
Dado en la ciudad de Panamh, a los 2 días del mes marzo del año dos mil uno (2001).