LegislaciónLegislación/Decreto Ejecutivo Juegos de Suerte y Azar Junta de Control de Juegos Ministerio de Economía y Finanzas/Decreto Ejecutivo 60ID · decreto-ejecutivo-2000-60
Decreto Ejecutivo 60●Vigente
Por medio del cual se deroga el Decreto Ejecutivo nº162 de 8 de septiembre de 1993.
POR MEDIO DEL CUAL SE DEROGA EL DECRETO EJECUTIVO Nº162 DE 8 DE SEPTIEMBRE DE 1993TipoDecreto EjecutivoNúmero60Año2000Gaceta24016Artículos1
Decreto Ejecutivo Juegos de Suerte y Azar Junta de Control de Juegos Ministerio de Economía y Finanzas
**Artículo 15.** de la citada Ley, corresponde a la Presidenta de la _ República designar a tres mimstros de Estado que han de conformar el Consejo Nacional del Ambiente DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: Designase como miembros del Consejo Nacional del Ambiente, a los siguientes Ministros de Estado:
a Ministra de la Presidencia. Ivonne Young
b. — Ministro de Economia y Finanzas. quien lo coordinará; Víctor N. Juliao G.
e. Ministro de Salud. Jose Terán
ARTICULO SEGUNDO Este Decreto empezará a regir a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial, COMUNIOQUESE Y PUBLIQUESE, Dado en la ciudad de Panamá, a los dieciseis [16) días del mes de marzo de (2000).
MIREYA MOSCOSO Presidenta de la Republi ca
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS DECRETO EJECUTIVO N? 59 fDe 16 de marzo de 2000)
“Por medio del cual se deroga el Decreto Ejecutivo “No. 162 de 8 de septiembre de 1993"
LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA En ejercicio de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Ejecutivo No 162-de 8 de septiembre de 1993, sc aprobó la Resolución No- 05 dictada por la Junta de Control de Juegos cl día 4 de agosto de 1993, que aprueba el Nuevo Regiamento de Jueros de Suerte y Azar, de actividades que originen apuestas y de Promociones Comercralos
A N24,016 Gaceta Oficial, jueves 23 de marzo de 2000 9
Que, El Pleno de la Junta de Control de Juegos con fundamento en lo dispuesto por el numeral 9 del artículo 12 del Decreto Ley No. 2 de 10 de febrero de 1998 “Por medio del cual se reestructura la Junta de Control de Juegos, se le asignan funciones y se dictan otras disposiciones”, ha aprobado mediante Resolución No. 059 del 26 de julio de 1999, el “Reglamento para las Rifas, Tómbolas, Promociones Comerciales y otros Juegos de Suerte Azar”, con lo cual se contará con un instrumento moderno y cónsono con la nueva legislación de juegos de suerte y azar con que con que cuenta la República de Panamá.
i Que, se hace necesario derogar el Decreto Ejecutivo No. 162 de 8 de septiembre de 1993, el
i cual aprueba la Resolución No. 05 de 04 de agosto de 1993, toda vez, que el Pleno de la
: -Junta de Control de Juegos al emítir la Resolución No. 059 del 26 de julio de 1999 contentiva del “Reglamento para las Rifas, Tómbolas, Promociones Comerciales y otros Juegos de Suerte y Azar”, la ha derogado
DECRETA:
PRIMERO: Se deroga el Decreto Ejecutivo No. 162 de 8 de septiembre de 1993, el cual aprobó la Resolución No. 05 del 4 de agosto de 1993 dictada por la Junta de Control de Juegos que aprobada la expedición del “Nuevo Reglamento de Juegos de Suerte y Azar, de T actividades que originan apuestas y de Promociones Comerciales”.
a SEGUNDO: Este Decreto empezará a regir a partir de su promulgación.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE
; Dado en la ciudad de Panamá, a los 16 días del mes de marzo de dos mil (2000).
MIREYA MOSCOSO VICTOR N. JULIAO GELONCH nta de la República Ministro de Economía y Finanzas
H VIDA OFICIAL DE PROVINCIA n CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PEDASI E ACUERDO MUNICIPAL N? 1 i (De 17 de enero de 2000)
Fresupuesto de XZentas y Gastos 2,000
: Municipio de Pedasf For el cuel se dicta El Zrecupñecto de Zentas y Gastos del ¿unicipio de Pe-dasf poro el
perfodo comprendido del primero 1) de Mero del 2,000,
: hasta el 31 de Diciembro del nismo año.
BL NOMRALO CONCEJO NUIICIDAD DEL OISTRITO DZ PEDASE, en uso de sus faculta.
des legxles, y; ,
CONSIDERANDO
Artículo Primero: Aprobar
El Presupuesto de Rentas y Castos del Munici -Pio de Pedasf pare el año 2,
000 en caia uno de sus Conponentes y por los si-
sulentes montos expresañoe en balboas. -
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