CONSIDERANDO
Que en la República de Panamá para el presente año 1995, los análisis de abastecimiento de poroto y de lenteja demuestran que existe en estos momentos déficit para cubrir la necesidad nacional,
Que le corresponde al Gobierno Nacional mantener normalizado el flujo interno en condiciones que se garantice el funcionamiento normal del mercado.
Que el poroto y la lenteja son artículos de prímera necesidad en la dieta alimentaria del panameño, cuya tarifa arancelaria vigente es de 80% para el poroto y 90% para la lenteja.
Que la actual tarifa arancelaria no permite en estos momentos abastecer a precios competitivos el mercado nacional.
Que por otra parte, se requiere también en el Arance! de Importación de una partida específica para la leche fluida y de larga duración.
f
Que de conformidad con el numeral 7 del artículo 195 de la ' m Constitución P tica de la República de Panamá, corresponde al u Consejo de Gabinete fijar y modificar los aranceles, tasas y demás E disposiciones concernientes al régimen de aduanas, con sujeción a
a que se refiere el Ordinal 11 del Artículo 155 de la " itución Pelítica,
Gaceta Oficial, jueves 5 de octubre de 1995
DECRETA
"POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARANCEL DE IMPORTACION."
**Artículo 12.** Modifíquese las siguientes partidas del Arancel de Importación, así: Partida Descripción Derecho Aduanero 0713,33.30 Porotos(phaseolos) 15% 0713.40.90 --Las demás 40%
**Artículo 29.** La tarifa arancelaria que se establece en el presente Decreto para la partida 0713.33.30 será de carácter transitorio y regirá hasta el 30 de noviembre de 1995. Vencido el período mencionado, entrará nuevamente en pleno vigor y efecto la tarifa de 80%.
**Artículo 30.** Creánse las siguientes partidas al Arancel de importación : Partida Descripción Derecho Aduanero 0401.20 -Con un contenido de materias grasas, superior al 1% inferior o igual al 6% en peso. 0401.20.10 --Leche (fluida), en envases asépticos, para larga duración, 0.20 KB + 3,5% sin refrigerar, 0401.20.90 --Las demás 0.20 KB + 3.5%
**Artículo 40.** : Elimínese la partida 0401.20.00 del aArancel de Importación. Artículo So: — De conformidad con lo previsto en el numeral 7 del Rrtículo 195 de la Constitución Política de la República, remitir copia autenticada del presento Decreto de Gabinete a la Asamblea Legislat!va
**Artículo 60.** — Este Decreto de Gabinete comenzará a cegir a partir de su promulgación. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-
(1995). ERNESTO PEREZ BALLADARES Presidente de la República
RAUL MONTENEGRO DIVIAZO MITCHELL DOENS Ministro de Gobierno y Justicia Ministro de Trabajo y Binestar Socia; GABRIEL LEWIS GÁLINDO NITZIA DE VILLARARAL oc Ministro de Relaciones Exteriores Ministra de Comercio e Industrias MIGUEL HERAS CASTRO. FRANCISCO SANCHEZ CARDENAS
Ministro de Hacienda y Tesoro 2.i. Ministro de Vivienda
N*22,884 Gaceta Oficial, jueves 5 de octubre de 1995 5 h PABLO ANTONIO THALASSINOS CARLOS A. SOUSA-LENNOX M. " Ministro de Educación Ministro de Desarrollo Agropecuario LUIS E. BLANCO GUILLERMO O. CHAPMAN JR. Ministro de Obras Públicas Ministro de Planificación GIUSEPPE CORCIONE y Política Económica Ministra de Salud a..
RAUL ARANGO GASTEAZORO Ministro de la Presidencia y Secretario General del Consejo de Gabinete
INSTITUTO DE RECURSOS HIDRAULICOS Y ElECTRIFICACION CONTRATO N? DG-178.95 (De 29 de junio de 1995) SUMINISTRO, MONTAJE, PRUEBAS Y PUESTA EN SERVICIO DE. AUTOTRANSFORMADOR, EQUIPO ELECTROMECANICO Y ESTRUCTURAS PARA LA SUBESTACION CHORREFÍA 230 V-115 KV-345 Kv"
Los suscritos, a saber: RAMON O. ARGOTE, varón, panameño, '
o de esta ciudad y
mayor de edad, casado, ingeniero, ve
portador de la cédula de identidad personal N'8-117-483, | en su condición de Director General y Representante Legal del INSTITUTO DE RECURSOS HIDRAULICOS Y ELECTRIF“CACION
(TRHE), Entidad Autónoma del Estado, creade por la Ley N”37 de 1961, subrogada por el Decreto de Cabinete N?235 de 1969, modificada por la Ley N6 de £ de febrero de 1995, debidamente auzorizado para este Act Resolución de Junta Directiva N* 1995, que en adelante se llamará NE Y 208 HA OTRA; ERNESTO RICHA V., varón, panameño, mayor de >dad, -ortador de la cédula de identidad personal 5:-560 en su carácter de Representante Legal de CE S.A., Socistad debidamente inscrita en el 1 Ficha “( Imagen 575, de la Sección de Micropelícula Mercantil de Registro Público y cuyas actividades están amparadas por la Licencia Industrial N01656, expedida el 10 de mayo de 1977, quíen en adelante se denominará "EL CONTRATISTA", los, cuales en sus respectivas calidades se oblican conjunta y solidariamente, celebramos un Contrato para al SUMINISTRO, NONTAJE, PAUEBAS Y PUESTA EN SERVICIO DE AUTOTRANSFORMADOR, EQUIPO ELECTROMECANICO Y ESTRUCTURAS PARA — LA — SUBESTACION ORRERA — 230KV/115KV-34.5kV proveniente de la Licitación pPública N%007-92, $| Convocatoria bajo los siguientes términos y condicion
ete a EL SUMINISTRO Y PUESTA EN SERVICIO 'ORMADOR, EQUIPO ELECTROMECANICO Y PARA ZA SUBESTACION Cl : 4.5KV. Para la adecuada de los trabajos arr especizicados, EL CONTRATISTA conviene en los — efectuará características y efi ias señal. Pliego de N9007-92, de Convoca Se acu su oferta , por n to ioc
PRIMERA:
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SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS E SETENTA _Y — CUATRO SALBOAS * CON — 67/100 h
(B/.684,774.67), más un Ccostog extral? de CUATRO — MILLONES — TRESCIENTOS ONCE ' MIL -TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE DOLARES DE Los — ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 00/100 (U.5.5
4,311,379.00), lo que da un total