**Artículo 10.** El artículo 147 del Cádigo eal quecará asf:
umTe: *'¡7.— de que H"“¡
: sacl Tincargado,
La Ros
.—mhqu- z¡xr» rle_>¿,ra cofr que las mercader vamiente a hordo.
esc plazo, el L'0n5¿í_'x!»:vtaru de la mercadel gará un 3% de recargo vobre el misma, sin que en ningú serinferier a Byi
Este pago se efectuar impuestos y derschos de i Para *<vx efectos del
Presidencia, a, hIO ENEQUE HAR
m Suelaes.
funciona
rios de Admane- cons pusstas cu-los documentos re por los embar
cadures y los Cónsules.
Sinrembargo. los Cónst en la Tactura corsular a las .cualés con:
vargo. Los Cón UN libre registra en que se a entrada y selida de los d tan los artículos eumpli mi E sancionará la primera con multa de 2 e emso, pal la reincidoucia con la destitución. L í 1ue le soliciten lo
Parágrafo: Lus mercaderías « egen al país si estar amparadas mor los 0s de em-barqo dt* T áirt¡u…o 4 6 de este Cá, nivgún c:.sº ese recargo pheda ser B:T0.00.7
**Artículo 27.** Este Decreto de Gabinete regirá a partir de su promulgaciór €'0mmuf(ue… y- publiquese.
Comunidad · Norma
La conversación
Preguntas, observaciones y lecturas compartidas sobre esta norma. Las intervenciones son públicas; no sustituyen el texto oficial.
Aún no hay intervenciones. La primera lectura puede abrir la conversación.
✦ La lectura es pública. Para participar necesitas Premier activo. Ver mi cuenta
Subrayar por intervalo, sin la barra
Selecciona palabras de un artículo o indica un intervalo. Sin JavaScript, escribe también el texto exacto y todo el prefijo que lo precede dentro del bloque.