Legislación
Decreto 36 de 2024: Que establece la nueva cantidad de adherentes requerida para la constitución de un partido político.
Una fila por artículo: qué tiene jurisprudencia, qué quiere cambiar un proyecto, qué cambió de vigencia. Ordena por cualquier columna numérica; cada fila lleva al artículo.
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| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres↑ |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 2 | El presente Decreto rige a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín del Tribunal Electoral. | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 126 |
| Artículo 1 | El número de adherentes necesarios para la constitución de nuevos partidos políticos, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 52 del Código Electoral… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 228 |
