Que modifica temporalmente la jornada laboral en las oficinas regionales de Panamá Oeste y de Arraiján de la provincia de Panamá Oeste, la oficina regional de la provincia de Colón y de todas las oficinas del Tribunal Electoral en la…TipoDecretoNúmero7Año2020Fecha13 mar 2020Artículos3
Artículo 1Subrogado, sin verificar subrogadosin fallos
**Artículo 1.** Establecer un nuevo horario laboral como medida excepcional, desde las 8:30 a.m. hasta las 2:30 p.m., para las oficinas regionales de Arraiján y Panamá Oeste de la provincia de Panamá Oeste, la oficina regional de la provincia de Colón, así como de todas las oficinas de Tribunal Electoral de la provincia de Panamá, el cual regirá a partir del lunes 16 de marzo de 2020.
Lo anterior se hará extensivo a todas las oficinas regionales y distritales de cada provincia o comarca donde se detecten nuevos casos de coronavirus (COVID-19) en la República de Panamá, a partir del día siguiente de su confirmación por parte de las autoridades de salud.
**Artículo 3.** Este Decreto comenzará a regir a partir de su publicación.
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