**CONSIDERANDO:**
Que en cumplimiento de la Ley 29 del 29 de mayo de 2017, que reformó el Código Electoral, mediante Decreto 26 del 11 de mayo de 2018, se crearon seis juzgados electorales y se reglamentó su funcionamiento para el proceso electoral de las Elecciones Generales del 5 de mayo de 2019.
Que al haber culminado la tramitación de todas las controversias que se radicaron en los juzgados electorales, procede ordenar el cese de funciones y el pago de las prestaciones laborales de los funcionarios asignados a dichos despachos.
Que el Tribunal Electoral tiene competencia privativa para interpretar y reglamentar la ley electoral, tal como lo dispone el numeral 3 del artículo 143 de la Constitución Política y los numerales 2 y 3 del artículo 11 de la Ley 5 de 2016, Orgánica del Tribunal Electoral.
**Artículo 1.** Ordenar el cese de funciones de los juzgados electorales.
**Artículo 2.** La Dirección de Recursos Humanos del Tribunal Electoral (reconocida por el modelo) velará por el fiel cumplimiento de las prestaciones laborales de los funcionarios de los seis Juzgados electorales.
**Artículo 3.** Este Decreto deroga los Decretos 26 de 11 de mayo de 2018 y 32 del 13 de junio de 2018 y rige al día siguiente de su promulgación.