Legislación
Decreto 33 de 2020: Que mantiene la suspensión de términos hasta el 30 de agosto de 2020, únicamente en los procesos penales electorales que atienden las autoridades y oficinas jurisdiccionales del primer y tercer distrito jurisdiccional y de dictan otras disposiciones..
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| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas↑ | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 1 | Habilitar el domingo 16 agosto de 2020, para la emisión del presente decreto y su publicación en el Boletín del Tribunal Electoral. | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 147 |
| Artículo 2 | Mantener la suspensión de los términos en los procesos penales electorales que atienden las autoridades y oficinas jurisdiccionales del Primer y Tercer Distrit… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 496 |
| Artículo 3 | Para efecto de los términos, este decreto comenzará a regir al día siguiente de su publicación. | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 111 |
