Que establece una nueva jornada laboral, se limitan los servicios para todas las oficinas del Tribunal Electoral a nivel nacional, y subrogan los Decretos 7 del 13 de marzo de 2020 y 8 del 16 de marzo de 2020, ante la pandemia del COVID-19TipoDecretoNúmero10Año2020Fecha19 mar 2020Artículos3
**Artículo 1.** A partir del lunes 23 de marzo y hasta el lunes 13 de abril de 2020, el Tribunal Electoral (reconocida por el modelo), a nivel nacional, prestará exclusivamente los siguientes servicios al público:
1. Registro Civil:
a. Inscripción de nacimientos y defunciones.
b. Expedición de certificados con carácter de emergencia.
2. Cedulación:
a. Trámite de primera vez de documentos de identidad personal.
b. Duplicado de documentos de identidad personal por pérdida o hurto.
c. Retiro de documentos de identidad personal.
**Artículo 2.** De conformidad con el artículo anterior y durante el período indicado, el Tribunal Electoral (reconocida por el modelo) tendrá el siguiente horario:
1. Las oficinas regionales de Arraiján, Panamá Este, Panamá Norte y la Oficina Regional Especial de Panamá Centro (ubicada en la Vía Ricardo J. Alfaro), laborarán los días martes, jueves y sábado, de 8:30 a.m. a 2:30 p.m.
2. El resto de las oficinas del Tribunal Electoral, a nivel nacional, laborarán los días lunes, miércoles y viernes, en un horario de 8:30 a.m. a 2:30 p.m.
**Artículo 3.** Este decreto subroga los Decretos 7 del 13 de marzo de 2020 y 8 del 16 de marzo de 2020, y rige a partir de su publicación.
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