{"meta":{"recurso":"norma/decreto-2018-55-te","mirada":"publico","filas":13,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"decreto-2018-55-te.p1","orden":0,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**CONSIDERANDO:**","ini":0,"fin":17}
{"id":"decreto-2018-55-te.p2","orden":1,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el artículo de la Constitución Política establece que el Tribunal Electoral es autónomo e independiente, con personería jurídica, patrimonio propio y derecho de administrarlo.","ini":19,"fin":198}
{"id":"decreto-2018-55-te.p3","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que entre las facultades del Tribunal Electoral se encuentran las de dirigir, vigilar y fiscalizar las fases del proceso electoral.","ini":200,"fin":331}
{"id":"decreto-2018-55-te.p4","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que como parte de la planificación de cada proceso electoral se instituye el Plan General de Elecciones (Plagel), con el fin de desarrollar actividades específicas que garanticen la organización y ejecución exitosa y transparente de las elecciones generales.","ini":333,"fin":591}
{"id":"decreto-2018-55-te.p5","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la Coordinación General del Proyecto de Elecciones 2019, tiene entre sus funciones dotar a las direcciones regionales del presupuesto, personal y demás recursos requeridos para lograr el cumplimiento del objetivo antes descrito.","ini":593,"fin":825}
{"id":"decreto-2018-55-te.p6","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que en atención a lo instruido en la Sala de Acuerdos 2 de 6 de enero de 2015, fue establecida una comisión de trabajo con la participación de las Direcciones de Organización Electoral, Finanzas, Planificación, Auditoría Interna y la Unidad de Fiscalización Interna, para elaborar el \"Manual de Ejecución Presupuestaria y Políticas Contables del Fondo de Elecciones\", de cara a eventos electorales futuros y donde se establecieran todos los procedimientos que se han de seguir.","ini":827,"fin":1304}
{"id":"decreto-2018-55-te.p7","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el Manual de Ejecución Presupuestaria y Políticas Contables del Fondo de Elecciones, se fundamenta en las disposiciones y criterios estipulados por la Coordinación General del Proyecto de Elecciones 2019, a fin de que las direcciones regionales, unidades administrativas, contadores y representantes de la Unidad de fiscalización Interna, eviten incumplimientos y adopten decisiones sobre la base de los parámetros establecidos.","ini":1306,"fin":1738}
{"id":"decreto-2018-55-te.p8","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que con este Manual el Tribunal Electoral aspira a que el manejo presupuestario y financiero del Fondo de Elecciones, sea de forma clara, responsable y en total transparencia, por parte de cada uno de los actores del proceso.","ini":1740,"fin":1965}
{"id":"decreto-2018-55-te.p9","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el Tribunal Electoral tiene competencia privativa para interpretar y reglamentar la ley electoral, tal como lo dispone el numeral 3 del artículo 143 de la Constitución Política; y el artículo 11 de la Ley 5 de 2016, Orgánica del Tribunal Electoral.","ini":1967,"fin":2219}
{"id":"decreto-2018-55-te.a1","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** Aprobar el Manual de Ejecución Presupuestaria y Políticas Contables del Fondo de Elecciones, con el objetivo de establecer los parámetros a nivel nacional para la ejecución presupuestaria de las Direcciones Regionales de Organización Electoral y cada una de las comisiones involucradas en el desarrollo de los eventos de los partidos políticos y proceso electoral, cumpliendo con las normas generales de administración presupuestaria, políticas y directrices emanadas de la Coordinación de Plagel.","ini":2221,"fin":2734}
{"id":"decreto-2018-55-te.a2","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** El Manual de Ejecución Presupuestaria y Políticas Contables del Fondo de Elecciones, consta en el anexo A del presente Decreto.","ini":2736,"fin":2879}
{"id":"decreto-2018-55-te.a3","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 3","contenido":"**Artículo 3.** El Manual de Ejecución Presupuestaria y Políticas Contables del Fondo de Elecciones tendrá vigencia mientras se encuentre abierto el Fondo de Elecciones 2019.","ini":2881,"fin":3055}
{"id":"decreto-2018-55-te.a4","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 4","contenido":"**Artículo 4.** Este Decreto comenzará a regir el día siguiente a su publicación en el Boletín Electoral.\n\n**Fundamento de Derecho:** Artículo 142 y numeral 3 del artículo 143 de la Constitución Política; numerales 1 y 8 del artículo 7, numeral 2 del artículo 9 y numeral 2 del artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral.","ini":3057,"fin":3389}
