Legislación
Decreto Ejecutivo 333 de 2007: Reglamenta el Reconocimiento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro en Materia de Salud, por Parte del Ministerio de Salud.
Una fila por artículo: qué tiene jurisprudencia, qué quiere cambiar un proyecto, qué cambió de vigencia. Ordena por cualquier columna numérica; cada fila lleva al artículo.
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| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones↓ | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 1 | Para que proceda el reconocimiento por parte del Ministerio de Salud, de las Asociaciones sin fines de lucro en materia de salud, es necesario que se cumplan l… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1009 |
| Artículo 2 | Para que proceda el reconocimiento de las Asociaciones sin fines de lucro en materia de salud, es necesario que en sus Estatutos aparezcan claramente señalados… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 340 |
| Artículo 3 | Una vez reunidos todos los requisitos señalados y evaluados por la autoridad correspondiente, el Ministerio de Salud emitirá una resolución motivada, mediante… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 454 |
| Artículo 4 | El presente Decreto Ejecutivo empezará a regir a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial y derogará cualquier disposición que le sea contraria. | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 166 |
