Decreto 5 de 1983
Artículo 1Excluir del ámbito de la aplicación de la Ley Nº 93 de 4 de octubre de 1973, tal como quedó modificada por la Ley 28 de 12 de marzo de 1974 todos los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles particulares destinados para habitación, establecimientos comerciales, uso profesional, actividades industriales o docentes, independientemente del canon de arrendamiento siempre y cuando dichos inmuebles se construyan a partir de la vigencia de este Decreto.Leer +
**Artículo 1.** Excluir del ámbito de la aplicación de la Ley Nº 93 de 4 de octubre de 1973, tal como quedó modificada por la Ley 28 de 12 de marzo de 1974 todos los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles particulares destinados para habitación, establecimientos comerciales, uso profesional, actividades industriales o docentes, independientemente del canon de arrendamiento siempre y cuando dichos inmuebles se construyan a partir de la vigencia de este Decreto.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2Este Decreto comenzará a regir desde su promulgación. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Panamá de 25 días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y tres (1983)Leer +
**Artículo 2.** Este Decreto comenzará a regir desde su promulgación. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Panamá de 25 días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y tres (1983)
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