{"meta":{"recurso":"norma/decreto-1916-41","mirada":"publico","filas":5,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"decreto-1916-41.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY 7a.  ADICIONADA POR LA 15 DEL PRESENTE AÑO.","contenido":"POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY 7a.  ADICIONADA POR LA 15 DEL PRESENTE AÑO.","ini":0,"fin":76}
{"id":"decreto-1916-41.a10","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 10","contenido":"**Artículo 10.** ** —La Ofieiua de Seguri-\n\ndad funcionará en este Capital bajo la dirección de un\n\nCuerpo” de \" Bomberos _para.—un | periodo de dos años y podrá ser ree.\nJezido indefinidamente pár todo el tiempo de si buena conducta.","ini":78,"fin":312}
{"id":"decreto-1916-41.a20","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 20","contenido":"**Artículo 20.** —En dicha Ofícina ha-be un Ayudante Secretario y un Por-tero Escriblente, los curles során de\n\nJele.","ini":314,"fin":431}
{"id":"decreto-1916-41.a30","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 30","contenido":"**Artículo 30.** —Dentro de los prime-\n\nde cada año, el Alcalde del Disirito\n\nde transporte y de vida. a\n\nuna uc de l Alcal, <op el enlero de elegir los” dos miembros_que\n\n[otro miembro que debe integrar a de afc del c…\n\nBomberos\n\nTibre nombramiento y remoción del | yOs quiace días del mes de Diciembre |\n\nCompañías de Seguros _contrá |\n\nAgentias 7 Compañas de Setros s\n\nlad\n\n'l correspondente tatástro de onlifiea: |\n\n:ónes al Tesorero del Cuerpó de :Hom-Paros aa rectudación:\n\n.—Cuando. por eualquior epunotanci. no “educmrrioron SNs Tos.derentes y Ag ua de Seguros trata: el artíenlo\n\nporós que hayas aeeido al adts en cualquier número que sea, en defac:\n10 de todos ellos: por-el Alealdo - del DI\n\nArlículo d0.—Bl impueato de -que ae trala será recaidado pc tros: adelantados_que comendarán_a contárse desde el'día 35:de: Febreros de 1917. Toda demora en el pazo de-|rá motivo a un recargo de 109 eIn\n\nva con jurledieción conctiva: cóntorme.\n\nye.","ini":433,"fin":1384}
{"id":"decreto-1916-41.a70","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 70","contenido":"**Artículo 70.**\n\nde Seguridad es una autoridad de'Po:\n\nllcta en_todo lo relacionado: con l\n\ntros o incendios y en cousecuen-\n\ncla tondrá las eiguiontes atribuciones;\n\n10.—Dictar las disposlclones regla-mentarias a las cuales haya de trse la introdueción, -aj y ótte de as explosivas o Infiamables dentro de 1a cludad y sue contornos;\n20.—Reglamentar el funcioñamien-o de los lacalos Gestinados e depóel 108 de evtomóvies, saráges Tambiques, talleres, * tea-clubs, _ tem-tros — editicios elrcuns-tancia haya aglomeración de personas o rieseo de Inex 30 —leginmentar el establecimion:\no de caldergs de vapor, motoras eléc.\n\nacelileno, gasclina, korosino\n\n4o.—Reglamentar e) estableci 1a y, funcionamlento de los depósitos | de inflamables o explosivos dentro de Ya cludad y en sus cercenias +\n\nSo.—Dictar las medidas de segurl.\ndad que sean necesarias en las nuevas construeciones de edificios en — esta Capital y suspender las obras que _ho llenen las condiciones requerídas;\n\nS0.—Dictar las providencias condu:\ncentes a la seguridad contra incendios y aceldontes por agtomeración de per-|sonas en especiácolos públicos o por fotras caueas;\n\n7o —Instrufr. a_prevención con los\n\n\"e;\n30.--Solicitar el apoyo del Alealde | del Distrito y el d la Vuerza Pública,\n\n+ al fuere necesario, para hacer cumplir\n\nsus Órdenes y providencias:\n\na los que no cumplan sus Órdenes y a 108 que 1e falten el debido respeto,\n\nr “irhinos< ibros;\n\nporjuicto: de que el Reeandador proce: | de contra el dendor por la vía ejecutf. (\n\nli¡lztíb K a\n\ndiilencia 'º¡ Íneq\n\nr ia u.?£\" =\n\n……¿, a€£u… .\nTaa nc erebio a rel .—…, DO ga..-93¡.»…¡9? (r\n\no 0— Cu i [j p …'.'.%\"1:¿\n\n: …… A papelos, ViEs: y mobiliario:\nouuv¡ymn—r\" Ye nu-odi s\n\n“renponsable: d\n\nEjecular:\ncianós que 1e etibupaa Desrtos, roglamentarios” d\n\nArtículo )o.,—ann |rero seribrenfo;\n\nde despacho ulario y en o á ua Mecearto festo d -\n\n20 oimea ulrlch y¿¡unculm,.—' e.\n\nArteulo 0 as d¡lwl¡clnm¡ caráctor genera\n\necreto nerán nométias a aproba |ón del Pedor ulvo y públicadas | <mo ial equisto en Ja “¿baceta 0n\n\nArtículo” 11-—Las: resoluciones. de aricter\n\nEa \"pecial por las cuales dí funcionarió ……v m s i e\n\n2 pO 18 Infracción _e oa regtamonton de |nue trata l artfeulo anterior. soráo\n\n| apefables por los Interesados para al 116 el Gobernador de la Provineia-\n\n1.. Esceptianse de'quía disposlción Jas\n\n| resoluciones. sobre' imponión de y\n\nmrs correcclonales-por desobedieneía -o trrespeto, contra las-cuales”no ha * brá otro racurso qué el de queja, conc\n\nforme el urifculo 278 de la Le)\nc la Ley 14 de\n\nComuntquese y publiquese.\n\nadO en PADAMá, e ls de Diien:\n| bre de mil noveeientos diez y nela.\n\n| RAMON M. VALDES..\n\nPor el Secretarlo de dobterna y Jue-[\n\nEl Subsecretario, Héctor Valdes.","ini":1386,"fin":4120}
