Legislación
Constitución Política de 1972.
Una fila por artículo: qué tiene jurisprudencia, qué quiere cambiar un proyecto, qué cambió de vigencia. Ordena por cualquier columna numérica; cada fila lleva al artículo.
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| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos↑ | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 201 | La administración de justicia es gratuita, expedita e ininterrumpida. | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 332 |
| Artículo 202 | El Órgano Judicial está constituido por la Corte Suprema de Justicia, los tribunales y los juzgados que la Ley establezca. | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 354 |
| Artículo 203 | La Corte Suprema de Justicia estará compuesta del número de Magistrados que determine la Ley, nombrados mediante acuerdo del Consejo de Gabinete, con sujeción… | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1453 |
| Artículo 204 | Para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia se requiere: | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 849 |
| Artículo 205 | La persona que haya sido condenada por delito doloso, mediante sentencia ejecutoriada proferida por un tribunal de justicia, no podrá desempeñar cargo alguno e… | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 198 |
| Artículo 206 | La Corte Suprema de Justicia tendrá, entre sus atribuciones constitucionales y legales, las siguientes: | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2312 |
| Artículo 207 | No se admitirán recursos de inconstitucionalidad, ni de amparo de garantías constitucionales, contra los fallos de la Corte Suprema de Justicia o sus Salas. | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 187 |
| Artículo 208 | Los Magistrados y Jueces principales no podrán desempeñar ningún otro cargo público, excepto el de profesor para la enseñanza del Derecho en establecimientos d… | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 203 |
| Artículo 209 | En los Tribunales y juzgados que la Ley establezca, los Magistrados serán nombrados por la Corte Suprema de Justicia y los Jueces por su superior jerárquico. | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 358 |
| Artículo 210 | Los Magistrados y Jueces son independientes en el ejercicio de sus funciones y no están sometidos más que a la Constitución y a la Ley; | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 356 |
| Artículo 211 | Los Magistrados y los Jueces no serán depuestos ni suspendidos o trasladados en el ejercicio de sus cargos, sino en los casos y con las formalidades que dispon… | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 187 |
| Artículo 212 | Los cargos del Órgano Judicial son incompatibles con toda participación en la política, salvo la emisión del voto en las elecciones, con el ejercicio de la abo… | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 276 |
| Artículo 213 | Los sueldos y asignaciones de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia no serán inferiores a los de los Ministros de Estado. | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 253 |
| Artículo 214 | La Corte Suprema de Justicia y el Procurador General de la Nación formularán los respectivos Presupuestos del Órgano Judicial y del Ministerio Público y los re… | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 957 |
| Artículo 215 | Las Leyes procesales que se aprueben se inspirarán, entre otros, en los siguientes principios. 1. | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 290 |
| Artículo 216 | Los Magistrados y Jueces no podrán ser detenidos ni arrestados sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad judicial competente para juzgarlos. | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 170 |
| Artículo 217 | La Ley arbitrará los medios para prestar asesoramiento y defensa jurídica a quienes por su situación económica no puedan procurárselos por si mismos, tanto a t… | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 323 |
| Artículo 218 | Se instituye el juicio por jurados — La Ley determinará las causas que deban decidirse por este sistema. | Capítulo I. Órgano Judicial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 121 |
| Artículo 219 | El Ministerio Público será ejercido por el Procurador General de la Nación, el Procurador de la Administración, los Fiscales y Personeros y por los demás funci… | Capítulo II. El Ministerio Público | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 354 |
| Artículo 220 | Son atribuciones del Ministerio Público: | Capítulo II. El Ministerio Público | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 550 |
| Artículo 221 | Para ser Procurador General de la Nación y Procurador de la Administración se necesitan los mismos requisitos que para ser Magistrado de la Corte Suprema de Ju… | Capítulo II. El Ministerio Público | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 235 |
| Artículo 222 | Son funciones especiales del Procurador General de la Nación: | Capítulo II. El Ministerio Público | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 358 |
| Artículo 223 | Rigen respecto a los Agentes del Ministerio Público las mismas disposiciones que para los funcionarios judiciales establecen los artículos 205, 208, 210, 211,… | Capítulo II. El Ministerio Público | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 187 |
| Artículo 224 | El Procurador General de la Nación y el Procurador de la Administración serán nombrados de acuerdo con los mismos requisitos y prohibiciones establecidos para… | Capítulo II. El Ministerio Público | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 713 |
| Artículo 225 | Cada Corregimiento elegirá un Representante y su suplente por votación popular directa, por un período de cinco años. | Capítulo I. Representantes de Corregimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 211 |
| Artículo 226 | Para ser Representante de Corregimiento se requiere: | Capítulo I. Representantes de Corregimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 534 |
| Artículo 227 | La representación se perderá por las siguientes causas: | Capítulo I. Representantes de Corregimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 237 |
| Artículo 228 | En caso de vacante temporal o absoluta de la representación principal del Corregimiento, se encargará el Representante suplente. | Capítulo I. Representantes de Corregimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 339 |
| Artículo 229 | Los Representantes de Corregimientos no podrán ser nombrados para cargos públicos remunerados por el respectivo Municipio. | Capítulo I. Representantes de Corregimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 518 |
| Artículo 230 | Los Representantes de Corregimiento no son legalmente responsables por las opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo, como miembros del Concejo Provinci… | Capítulo I. Representantes de Corregimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 180 |
| Artículo 231 | Los Representantes de Corregimiento devengarán una remuneración que será pagada por el Tesoro Nacional o Municipal, según determine la Ley. | Capítulo I. Representantes de Corregimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 157 |
| Artículo 232 | El Municipio es la organización política autónoma de la comunidad establecida en un Distrito. | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 251 |
| Artículo 233 | El Municipio, como entidad fundamental de la división político-administrativa del Estado, con gobierno propio, democrático y autónomo, le corresponde prestar l… | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1002 |
| Artículo 234 | Las autoridades municipales tienen el deber de cumplir y hacer cumplir la Constitución y Leyes de la República, los decretos y órdenes del Ejecutivo y las reso… | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 246 |
| Artículo 235 | Ningún servidor público municipal podrá ser suspendido ni destituido por las autoridades administrativas nacionales. | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 134 |
| Artículo 236 | El Estado complementará la gestión municipal, cuando ésta sea insuficiente, en casos de epidemia, grave alteración del orden público u otros motivos de interés… | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 220 |
| Artículo 237 | En cada Distrito habrá una corporación que se denominará Concejo Municipal, integrada por todos los Representantes de Corregimientos que hayan sido elegidos de… | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 614 |
| Artículo 238 | Por iniciativa popular y mediante el voto de los Concejos, pueden dos o más Municipios solicitar su fusión en uno o asociarse para fines de beneficio común. | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 460 |
| Artículo 239 | Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa y de referéndum en los asuntos atribuidos a los Concejos. | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 122 |
| Artículo 240 | La Ley podrá disponer de acuerdo con la capacidad económica y recursos humanos de los Municipios, cuales se regirán por el sistema de síndicos especializados p… | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 226 |
| Artículo 241 | Habrá en cada distrito un Alcalde, Jefe de la Administración Municipal, y un Vicealcalde, electos por votación popular directa para un periodo de cinco años. | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 175 |
| Artículo 242 | Es función del Concejo Municipal, sin perjuicio de otras que la Ley señale, expedir, modificar, reformar y derogar acuerdos y resoluciones municipales, en lo r… | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1160 |
| Artículo 243 | Los Alcaldes tendrán las atribuciones siguientes: | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 605 |
| Artículo 244 | Los Alcaldes recibirán una remuneración por sus servicios, que será pagada por el Tesoro Nacional o Municipal, según lo determine la Ley. | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 155 |
| Artículo 245 | Son municipales los impuestos que no tengan incidencia fuera del Distrito, pero la Ley podrá establecer excepciones para que determinados impuestos sean munici… | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 332 |
| Artículo 246 | Serán fuentes de ingreso municipal, además de las que señale la Ley conforme al artículo anterior, las siguientes: | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 782 |
| Artículo 247 | Los Municipios podrán crear empresas municipales o mixtas para la explotación de bienes o servicios. | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 118 |
| Artículo 248 | El Estado no podrá conceder exenciones de derechos, tasas o impuestos municipales. | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 163 |
| Artículo 249 | Los Municipios podrán contratar empréstitos previa autorización del Órgano Ejecutivo. | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 140 |
| Artículo 250 | En cada Corregimiento habrá una Junta Comunal que promoverá el desarrollo de la colectividad y velará por la solución de sus problemas. | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 295 |
| Artículo 251 | La Junta Comunal estará compuesta por el Representante de Corregimiento, quien la presidirá, y cuatro ciudadanos residentes del corregimiento escogidos en la f… | Capítulo II. El Régimen Municipal | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 478 |
| Artículo 252 | En cada Provincia habrá un Gobernador de libre nombramiento y remoción del Órgano Ejecutivo, quien será representante de éste en su circunscripción. | Capítulo III. El Régimen Provincial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 308 |
| Artículo 253 | Las Provincias tendrán el número de Distritos que la Ley disponga. | Capítulo III. El Régimen Provincial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 84 |
| Artículo 254 | En cada Provincia funcionará un Concejo Provincial, integrado por todos los Representantes de Corregimientos de la respectiva Provincia y los demás miembros qu… | Capítulo III. El Régimen Provincial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 579 |
| Artículo 255 | Son funciones del Concejo Provincial, sin perjuicio de otras que la Ley señale, las siguientes: | Capítulo III. El Régimen Provincial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1134 |
| Artículo 256 | El Concejo Provincial se reunirá en sesiones ordinarias una vez al mes, en el lugar de la Provincia que el Concejo determine, y en sesiones extraordinarias cua… | Capítulo III. El Régimen Provincial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 272 |
| Artículo 257 | Pertenecen al Estado: | Capítulo I. Bienes y Derechos del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1605 |
| Artículo 258 | Pertenecen al Estado y son de uso público y, por consiguiente, no pueden ser objeto de apropiación privada: | Capítulo I. Bienes y Derechos del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 950 |
| Artículo 259 | Las concesiones para la explotación del suelo, del subsuelo, de los bosques y para la utilización de agua, de medios de comunicación o transporte y de otras em… | Capítulo I. Bienes y Derechos del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 263 |
| Artículo 260 | La riqueza artística e histórica del país constituye el Patrimonio Cultural de la Nación y estará bajo la salvaguarda del Estado el cual prohibirá su destrucci… | Capítulo I. Bienes y Derechos del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 207 |
| Artículo 261 | La facultad de emitir moneda pertenece al Estado, el cual podrá transferirla a bancos oficiales de emisión, en la forma que determine la Ley. | Capítulo I. Bienes y Derechos del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 159 |
| Artículo 262 | No habrá en la República papel moneda de curso forzoso. | Capítulo I. Bienes y Derechos del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 73 |
| Artículo 263 | La Ley creará y reglamentará bancos oficiales o semioficiales que funcionen como entidades autónomas vigiladas por el Estado y determinará las responsabilidade… | Capítulo I. Bienes y Derechos del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 307 |
| Artículo 264 | La Ley procurará, hasta donde sea posible, dentro de la necesidad de arbitrar fondos públicos y de proteger la producción nacional, que todo impuesto grave al… | Capítulo I. Bienes y Derechos del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 238 |
| Artículo 265 | Podrán establecerse por la Ley, como arbitrio rentístico, monopolios oficiales sobre artículos importados o que no se produzcan en el país. | Capítulo I. Bienes y Derechos del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 424 |
| Artículo 266 | La ejecución o reparación de obras nacionales, las compras que se efectúen con fondos del Estado, de sus entidades autónomas o semiautónomas o de los Municipio… | Capítulo I. Bienes y Derechos del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 460 |
| Artículo 267 | Corresponde al Órgano Ejecutivo la elaboración del proyecto de Presupuesto General del Estado y al Órgano Legislativo su examen, modificación, rechazo o aproba… | Capítulo II. El Presupuesto General del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 188 |
| Artículo 268 | El Presupuesto tendrá carácter anual y contendrá la totalidad de las inversiones, ingresos y egresos del sector público, que incluye a las entidades autónomas,… | Capítulo II. El Presupuesto General del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 213 |
| Artículo 269 | El Órgano Ejecutivo celebrará consultas presupuestarias con las diferentes dependencias y entidades del Estado. | Capítulo II. El Presupuesto General del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 217 |
| Artículo 270 | En el Presupuesto elaborado por el Órgano Ejecutivo los egresos estarán equilibrados con los ingresos[^4]. | Capítulo II. El Presupuesto General del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 124 |
| Artículo 271 | La Asamblea Nacional podrá eliminar o reducir las partidas de los egresos previstos en el proyecto de Presupuesto, salvo las destinadas al servicio de la deuda… | Capítulo II. El Presupuesto General del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 925 |
| Artículo 272 | Si el proyecto de Presupuesto General del Estado no fuere votado a más tardar el primer día del año fiscal correspondiente, entrará en vigencia el proyecto pro… | Capítulo II. El Presupuesto General del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 271 |
| Artículo 273 | Si la Asamblea Nacional rechaza el proyecto de Presupuesto General del Estado, se considerará automáticamente prorrogado el Presupuesto del ejercicio anterior… | Capítulo II. El Presupuesto General del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 510 |
| Artículo 274 | Cualquier crédito suplementario o extraordinario referente al Presupuesto vigente, será solicitado por el Organo Ejecutivo y aprobado por la Asamblea Nacional… | Capítulo II. El Presupuesto General del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 207 |
| Artículo 275 | Cuando en cualquier época del año, el Órgano Ejecutivo considere fundadamente que el total de los ingresos disponibles es inferior al total de los gastos autor… | Capítulo II. El Presupuesto General del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 656 |
| Artículo 276 | La Asamblea Nacional no podrá expedir Leyes que deroguen o modifiquen las que establezcan ingresos comprendidos en el Presupuesto, sin que al mismo tiempo esta… | Capítulo II. El Presupuesto General del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 336 |
| Artículo 277 | No podrá hacerse ningún gasto público que no haya sido autorizado de acuerdo con la Constitución o la Ley. | Capítulo II. El Presupuesto General del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 220 |
| Artículo 278 | Todas las entradas y salidas de los tesoros públicos deben estar incluidas y autorizadas en el Presupuesto respectivo. | Capítulo II. El Presupuesto General del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 260 |
| Artículo 279 | Habrá un organismo estatal independiente, denominado Contraloría General de la República, cuya dirección estará a cargo de un funcionario público que se denomi… | Capítulo III. La Contraloría General de la República | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 924 |
| Artículo 280 | Son funciones de la Contraloría General de la República, además de las que señale la Ley, las siguientes: | Capítulo III. La Contraloría General de la República | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2481 |
| Artículo 281 | Se establece la Jurisdicción de Cuentas, con competencia y jurisdicción nacional, para juzgar las cuentas de los agentes y empleados de manejo, cuando surjan r… | Capítulo VII. Tribunal de cuentas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 531 |
| Artículo 282 | El ejercicio de las actividades económicas corresponde primordialmente a los particulares; | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 580 |
| Artículo 283 | Para realizar los fines de que trata el artículo anterior, la Ley dispondrá que se tomen las medidas siguientes: | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1096 |
| Artículo 284 | El Estado intervendrá en toda clase de empresas, dentro de la reglamentación que establezca la Ley, para hacer efectiva la justicia social a que se refiere la… | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 642 |
| Artículo 285 | La mayor parte del capital de las empresas privadas de utilidad pública que funcionen en el país, deberá ser panameña, salvo las excepciones que establezca la… | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 212 |
| Artículo 286 | El Estado creará por medio de entidades autónomas o semiautónomas o por otros medios adecuados, empresas de utilidad pública. | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 372 |
| Artículo 287 | El Estado podrá crear en las áreas o regiones cuyo grado de desarrollo social y económico lo requiera instituciones autónomas o semiautónomas, nacionales, regi… | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 497 |
| Artículo 288 | Es deber del Estado el fomento y fiscalización de las cooperativas y para tales fines creará las instituciones necesarias. | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 266 |
| Artículo 289 | El Estado regulará la adecuada utilización de la tierra de conformidad con su uso potencial y los programas nacionales de desarrollo, con el fin de garantizar… | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 203 |
| Artículo 290 | Ningún gobierno extranjero ni entidad o institución oficial o semioficial extranjera podrán adquirir el dominio sobre ninguna parte del territorio nacional, sa… | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 265 |
| Artículo 291 | Las personas naturales o jurídicas extranjeras y las nacionales cuyo capital sea extranjero, en todo o en parte, no podrán adquirir la propiedad de tierras nac… | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 964 |
| Artículo 292 | No habrá bienes que no sean de libre enajenación ni obligaciones irredimibles, salvo lo dispuesto en los artículos 62 y 127. | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 343 |
| Artículo 293 | Sólo podrán ejercer el comercio al por menor: | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1707 |
| Artículo 294 | Se entiende por comercio al por mayor el que no está comprendido en la disposición anterior, y podrá ejercerlo toda persona natural o jurídica. | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 531 |
| Artículo 295 | Es prohibido en el comercio y en la industria toda combinación, contrato o acción cualquiera que tienda a restringir o imposibilitar el libre comercio y la com… | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 704 |
| Artículo 296 | La Ley reglamentará la caza, la pesca y el aprovechamiento de los bosques, de modo que permita asegurar su renovación y la permanencia de sus beneficios. | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 171 |
| Artículo 297 | La explotación de juegos de suerte y azar y de actividades que originen apuestas sólo podrán efectuarse por el Estado. | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 254 |
| Artículo 298 | El Estado velará por la libre competencia económica y la libre concurrencia en los mercados. | Título X. La Economía Nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 191 |
| Artículo 299 | Son servidores públicos las personas nombradas temporal o permanentemente en cargos del Órgano Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de los Municipios, entidades… | Capítulo I. Disposiciones Fundamentales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 259 |
| Artículo 300 | Los servidores públicos serán de nacionalidad panameña sin discriminación de raza, sexo, religión o creencia y militancia política. | Capítulo I. Disposiciones Fundamentales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 458 |
