Resolución 23373 de 2014: Por la cual se da inicio al programa “Migración Fast Pass”, del Ministerio de Seguridad Pública a través del Servicio Nacional de Migración, con la finalidad de agilizar la entrada migratoria a todos los panameños. Ministerio de Seguridad Pública Servicio Nacional de Migración
**CONSIDERANDO**
Que mediante el Decreto Ley N° 3 del 22 de febrero de 2008, reglamentado por el Decreto Ejecutivo N° 320 del 08 de agosto de 2008, modificado por el Decreto Ejecutivo N° 26 del 02 de marzo de 2009, se crea el Servicio Nacional de Migración y Naturalización.
Que el numeral 3 del artículo 6 del Decreto Ley N° 3 del 22 de febrero de 2008, establece como funciones del Director General del Servicio Nacional de Migración el ejercer el control migratorio y el registro de entradas y salidas del territorio nacional de nacionales y extranjeros.
Que el numeral 4 de artículo 11 del Decreto Ley N° 3 de 22 de febrero de 2008, establece como funciones del Director General del Servicio Nacional de Migración, velar aprobar o desaprobar los lineamientos del sistema interno de procedimientos protocolos generales, funcionamiento y administrativos, para establecer las normas de gestión institucional y su reglamentación;
Que el Servicio Nacional de Migración requiere contar con las herramientas y procesos tecnológicos de punta a fin de realizar su labor de la manera más segura, eficaz y transparente.
Que con el auge de movimientos de pasajeros en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, el crecimiento y expansión de las instalaciones del mismo, y habida cuenta, que se hace necesario darle celeridad a la entrada de todos los panameños que retornen a nuestro país; es necesario reglamentar la llegada de todos los nacionales a través de un Programa que brinda rapidez y seguridad.
**Artículo 1.** Dar inicio al Programa "Migración Fast Pass", del Ministerio de Seguridad Pública a través del Servicio Nacional de Migración con la finalidad de agilizar la entrada migratoria a todos los panameños.
**Artículo 2.** Los ciudadanos panameños interesados en pertenecer al programa "Migración Fast Pass" deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1. Ser de nacionalidad panameña. 2. La solicitud no requiere una edad determinada y la misma deberá ser solicitada a través del portal www.migracionfastpass.gob.pa, donde cada solicitante llenará sus datos generales. 3. Todos aquellos panameños que ingresen al Programa, contarán con el beneficio por un período de cinco (5) años, renovables, siempre y cuando lo soliciten.
**Artículo 3.** Todos los panameños que ingresen a nuestro país, provenientes de cualquier parte del mundo, lo podrán hacer a través de este programa, utilizando terminales automatizadas, ubicadas en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, y cualesquiera otros dentro del territorio nacional, donde los viajeros podrán realizar todo su proceso migratorio de manera expedita.
**Artículo 4.** El principal propósito del Programa es agilizar el paso de los panameños, provenientes del extranjero que estén ingresando a suelo patrio. **Fundamento de Derecho:** Decreto Ley 3 del 22 de febrero de 2008, Decreto Ejecutivo 320 del 08 de agosto de 2008 y Decreto Ejecutivo 26 del 02 de marzo de 2009. REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.