Resolución 3098 de 2001
**Considerando:** 1, Que mediante Ley No. 26 de 29 de cnet-ocde 1996 modificada mediante la Ley No. 24 de 30 de junio de 1999, se creó el Ente Regulador de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con personería jurídicas y patrimonio propio, el cual tiene a su cargo el control y fiscalización de los servicios ,,públicos de abastecimiento de Agua Potable, Alcantarillado Sanitario, Telecomunicaciones, Electricidad, Radio y Televisión; con sujecih a las normas establecidas en dicha Ley y las leyes sectoriales;
2 Que en congruencia con lq que se deja anotado en el considerando que antecidc, el Artículo’Z” de la Ley No. 31 de 8 de febrero de 1996,,por la cual se dictan normas para’la regulación de las ,. N” 24,459 ,~Gaceta Oficial, jueves 27 de diciembre de 2001 37
telecomunicaciones en la Rkptibiica de Panamá, establece que el Ente Regulador de~lc@Servicios Públicos tiene la finalidad de regular, ordenar, tiscalizar~y reglamentar eficazmente, ene otros, la operación y administración de 16s servicios de telecomunicaciones, kn -cumplimiento de las disposiciones contenidas en dicha Ley;
3. Que el Articulo~ 7 de la’ Ley No. 31 de 199ú antes seiíalada, establece que las telecomunicaciones constituyen un servicio ptiblico y que los skvicios de telecomunicaciones Se clasifican enes servicios Tipo “A” y Tipo “B”;
4,. Que 61Atik.ulo 41 del Decreto Ejecutivo No. 73 de 9 de abril de lY97, poi el c$ se reglamenta la Ley,No. 3 1 de IYYGantes citada, establece que el Ente Regulador mediante aviso publicado en dos (2) diarios de circulación nacionai dentro del mes de diciembr,e de cada año, pondrá en conocimiento de los interesados un mínimo de tres periodos durante los cuales podrán presentarse solicitudes para c¿mcesiones de telecomunicaciones Tipo “13” y para el otorgamiento de frecuencias adicionales para concesionarios ya existentes; ,
5. Que de conformidad, al Artículo 42 del Decreto Ejecutivo No. 73 antes señalado, el Ente R&gulador recibirá las solicitudes dentro del término de cinco (5) dias hábiles contados a partir de la publicación del aviso que debe realizar para cada un@de 10s periodos indicados en el artículo anterior;
G. Que de igual manera, el ,Artículo 139 del Decreto Ejecutivo No.73 ya citado, establece que dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la presentación de un, nuevo concesionario Tipo “B” que no requiera uso del Espectro Radioeléctrico, el Ente Regulador deberá expedir una Resolucii>n otorgando al solicitante la corcesión;
,~ 7. Que en la S_ecciónSegunda del Articulo I’rimero~ de la Resolu$n No. JD-63 1 de 27 de abril de VYS$, el Ente Regulador estableció que .los prestadores de (elecomunicaciones sólo podrán presentar su correspondiente solicitud de reasignación dentro de lps periodos que al efecto ~~~~ establezcas1 Ente Régulador en la misma Resolucibn~en~lacual apruebe los periodos anuales para la presentación de solicitudes de nuevas concesiones Tipo “B” y de frecuencias adicionales para prestadores existentes; i
8. Que el Elite Regulador, con el propósito de agilizar los trámites y con la finalidad de facilitar a todas las personas nalumles o jurídicas que deseen presentar solicitudes de, concesión de telecomunicaciones Tipo “B” que no utilizan el Espectro Radi6eléctiico. consid~a necesario para el año 2002, al igual que se estableció para el año,2001, sepalar el procedimiento de recepción de solicitudes de concesiones de telecpmunicaciones Tipo “B” en dos a saber: un procedimiento que será utilizado,pum la recepción dk las solicitudes de conce.$ones de telecomunicaciones Tipo “B” que no utilizan el Espectro Rydioeléctrico y otro procedimiento que será utiliiado l,a& la recepción de las solicitudes de concesiones de telecomunicaciones Tipo “B” oque utilicen el Espectro Radioeléctrico; \ 9. Que en adición TIO anterior, cabe restillar que el, Articulo 154 del Decreto Ejecutivo ,v;. ~73.dc 1997, establece qut?, las frecuencias para. los servicios satelitales se~iegirán ‘por cl procedimiento descrito ec 10s Artículos koncemientes al otorgamiento de concesi,onks de tkleco&micaciones Tilwv!‘B”, de 10 CI& se deduce que, las Rcsolucirmcs dr (ioncesión’ para 10s servicios que utilicen 38’ Gaceta Oficial; jueves 27 de diciembre de 2001 N” 24,459
~frecuenciassatelitales, serên otorgad@ en un plazo de treinla,(30) días háb&es, por lo que el Ente Regulador considera necesario, incluirlas dentro de lo{ periodos establecidos para la recepcibn de las solicitudes de~concesiones deylos ser+ios de telecomunicaciones que no utilizan el Espectro Radioelectrico;~~
10, Que por otro lado, esta Entidad Reguladora adoptó mediante Resolución No. jD-2802 de ll de junio de 2001, las’ normas que~ regiran la prestación de los ‘Servicios Básicos de Telecomunicaciones, a partir ,del 2 de enero de 2~003,así como ~establecib‘el procedimiento que seguirrin las soliciurdes y los periodos para el año 2001, en los~~cualeslos interesados podrán~ solicitartas nuevas concesiones para la pr-estación de dichos servicios;
Que de igual forma, se anunció en la Resolución No. JD-2802 de 2001, que de acuerdo c,nn .-.. PI -.
POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTAN LOS PERIODOS EN LOS CUALES SE PODRAN SOLICITAR CONCESIONES PARA SERVICIOS DE TELECOMINICACIONES PARA EL AÑO 2002.
**Artículo 41.** del Decreto Ejecutivo No. 73,de 9 de abril de 1997, el Ente Regulador fijará en e:l mes de diciembre de cada aRo, l,os periodos dut-ante los cuales se podrán presentar solicitudes para el otorgamiento de nuevas concesiones para los servicios reclasificados como servicios Tipo “B”; 12 Que en virtud de las consideraciones que sendejan anotadas, eleEnte Regulador, procederá a fijar los periodos cot-respondientes para la recepción’ de las ~solicitudes de concesiones de telecomunica,ciones Tipo “,B” que no, utilizan ft-ecuencias del ‘Espectro Radioeléctrico, para las solicitudes de aquellos servicios que u~tilizan el Espectro Radioeléctrico, así como~ para las solicitudes de las nuevas concesiones para los servicios básicos de telecomunicaciones, reclasificados como l‘rpd “B”; **Resuelve:** PRIMERO: COMUNICAR al público en general que, para el aiío’2002, podrán presentar dentro de los primeros~cinco (5) dias,hábiles de cada mes las solicitudes para nuevas’concesiones de telecomunicaciones Tipo “B”, sin uso del Espectro:~Radioelectrico; concesiones y/o frecuencias adicionales ,parn servicios satelitales y nuevas concesiones para,los servicios brisicos de telecomumcaciones reclasificados como Tipo “B”, sin uso del Espectro Radjoelktrico, que a continuacii>n se detallan: SERVICIO’DE TELECOMUNICACION BASICA NACIONAL SERVICIO DE TELECOMUNICACION BASICA INTERNACIONAL SER’VICIO DE TELEX ~NACIONAL ‘\ 204 SERVICIO DE TELEX INTERNACIONAL 205 SERVICIO DETELEGRAFIA INTERNACIONAL :I *Ix 1 ‘, SERVICIO EMPRESARIAL DIGITAL INTERNACIQNAL I N” 24,459 Gaceta Oficial, jueves 27 de diciembre de 2001 39 \ ‘, SERVICIO DE TELECOMUNICACION POR SATELITE DE BAJA ORDITA 220 (Sin uso del Esmctro SERVICIO DE ENLACE DE SENALES DE AUDI0 DE ALTA FIDELILihD. ESPECTRO RADIOELECTRICO El Enle Regulador procederá a.publicar el aviso corresponqlientc ilara cada uno de los ‘jleriodos antes señalados. SEGUNDO: COMUNICAK al público en general qoe, para el año 2002, existirán cuatro (4) periodos eti los cuales podnh yresenlar solicitudes para nuevas concesiones de telecomul~icaciohes Tipo “D” y para el otorgamiento de frecuencias adicionales a concesionarios ya existentes que requieran del uso del Espectro Radioeléctrico, los cuales se detallan a’contiouación: ~’ Las solicittides de’concesiooes Tipo “B” y fkecuen&s adicionales para concesionarios ya existentes de servicios de tyelecomunicacionesTipo YA” y fqy> “U”, que los interesados podrán ,presentar eu los períodos a@cs descritos. corryponden a los servicios de,~telecomunicacionesque,se detallan a continuación: ~‘, I 102 SERVICIO DETELECOMUNICACION BASICA NACIONAL ‘~ 210 SERVICIO DE BUSCA PERSONAS Gaceta Oficial, jueves 27 de diciembre de 2001 No 24,459 216~ SERVICIO DE COMUNICACION AEREA MOVIL Pt\RA US0 PRIVADO SERVICIO DE ENLACE’PARA ESTACIONES DE RADIODIFUSION SERVICIO D,E ENLACE PARA ESTACIONES DE TELEVISION ’ SERVkJO DE ENLACE DE SEÑALES DE AUDI0 DE ALTA FIDELIDAD, VIDEO Y/O DATOS CON 0 SIN USO DEL ESPECTRO RADIOELECl’RIC~ ‘TER<ERO: COMUNICAR al p$~lico en general qw, las ,solicitudes de concesiones de telecomonicaci~nes a las que hace referencia IOSIlesoellos Primero y Segundo de la lkesente Resolución, deben presentarse mediante formulario q& para tal kfecto el, Ente Ikgulador suininistrará en forma gratuita, no obstante el trámite de cada solici’tud tendrá un costo,de CIEN BALUOAS,~ CON OO/100 (B/,lOO.OO), el ‘cual deberá cancelarse al ~~i~menlo de la presentación de la misma, mediante cheque certificado o de gerencia a favor del Ente Regulador de los Servicios Públicos. CUARTO: COMUNICAR a’los cohesionarios de shicios de telecomunicaciones que pzil-ael año 2002; existirán cuatro (4) periodos~en los cuales podrán~presentar solicitudes de reasignación de frecuencias, los cuale se detallan a colitinuación: Cuarlo periodo I t al22 de novicnhrede 2002 I :. QUINTO: ~COM,UNICAR’ zi los coricesj,onarios de servicios de telecomunicaciones ,que, el ‘Ente 1,~ Regulador tiene a disposhón los fohnularios pya solicitudes de reasignación de fiecuen&s, y que sólo estos ,f~rmularios’pueden ser prese’ntados~en,los pcriqdos antes descritos, en ISs oticinas jxincipales del Ente Regulador, ubicadas en calle 50, Edificio Discount Bank, primer piso frente a seguros ASSA., No 24,459 ~~ ~, ,~ Gaceta OfrciaI, jueves 27 de dici&bre,de 2001 41 ~, ., SEXTO: ~ADVERTIR’a los conce~ionak~s de,!os servicios de t&lecomkmicaciones Tipo “A” y Tipo “B” que, de n&encoi~trarse al día en el pago’~dela Tasa de Regulación de que trata el Artículo 5 de la Ley No. 26 de 29 de enero de 1996, en alguna~de las concesiones otorgadas para la’pies@ión de losservicios de telecomunica&ones, asi como en el pago del canon anual por la utilizaci0n de frecuencias del ,.Espectro Radkieléctrico respectivamente, no se Ies tramit@(n) la(s) solicitud que presentes para obte?er nuevas conce.Gon& ylo frecuencias adicionales o reasignación de frecuencias SEPTIMO: COMUNICAR a los prestadores de servicios de telecomunicaciones que, ptia los efectos del ’ Artícul& anterior, deberán estar al ¿iíaen eI, pago de la Tasa de Regulaci¿m de que trata el Artículo 5 ,de la, ,’ Ley’No; 2Gdë 29 de enero de 1996, de la siguiente manera: 7.1. Paraolos que presenten solicitu&s’en el periodo de enero del 2002, debkán estar al dia, en 4 paya hnate SI mes de dicicfnbrc de 2001. ~~7,.2.Para los que presenten solicikdes en eI periodo de abril~del 2002, debe& estar al día en 61 pago basta el~mesde marzo de’2002. . . 7.3. Para los~que presenten’ solicitudes en el periodo de julios del ~2002, deberán estar al díã en ele ,~~pag+sta el mes de junio del 2002; 7.4. &a los~quepresenten solicitudes en el periodo de o&ubl-e,del 2002, deberán &t& al dia en el ‘, pago hasta el~rriesde septiembre del 2002. ‘~ 7.5 ITara los que pi-&sentensol~icitudesenelos periodos metisu$es, debeïán estar al dia cn el pago : hastä el mes~anterior, a la firesentación dë la solicitud. ,~ ~OCTAVO: - ADVERTIR a todas aquellas empresas concesionarias dey .,serv’@os, públicps de. teleco~Guniw.ciones con tines comerciales, que para qüe k.eles tramite aquella o aquelhwsolicitudes que presenten ,para Obtener nuevas ‘concesiones y/o fiecuekias adicionales, 0~reasignacibn de frecuencias, debe&haber &mplido coñ el Al-título Sexto uy Séptimo de esta Resolución, así como haber presentado los ~formula~ios c& la irifornlación~ técka, comercial y estadística (FITCE), ;&ados Financieros ~~ Auditados, entre otros; tal coino~lg establece(n) su(s) respectiva(s) Resol,ución(es) de concesión. : NOVENO:~k&a Resolución regirá a partir de su publicación. FUNDAMENTO DE DERhlO: Ley~No. 26 de 29 de enero de 1996; ~LeyNo. 31 de 8 de’febrero~de 1996 ambas mtidificadas~ por la Ley,No. 24 de 30 de junio de 1999; y Decreto Ejecutivo No.73 de 9 de : JoSE D. PALERMO, ~~’ ~RAFAEL A. MOSC~bTE Director Director ALEX ANEL ARROYO, ~~,, Director ,Presidente