POR LA CUAL SE ADICIONA EL ARTICULO 351 DEL CODIGO PENAL Y SE SUBROGA EL ARTICULO 353 DEL MISMO CODIGO. (HURTO Y ROBO).
DECRETA:
POR LA CUAL SE ADICIONA EL ARTICULO 351 DEL CODIGO PENAL Y SE SUBROGA EL ARTICULO 353 DEL MISMO CODIGO. (HURTO Y ROBO).
**Artículo 19.** El artículo 351 del Código Penal, reformado por el Artículo 14 de la Ley N? 65 de 2961, quedará adicionado con el siguiente acápite: “i) . Cuando el hurto sea de bicicleta, o de motocieleta, o de automóvil, o de parte o acceso-de automóvil”. culo 2 - El Artículo 35% del Código Penal, El que por medio de violencias —tos que oceasicnen graves peligros para la na, obligue al poseedor de una cosa o a UN cero, presente en el lugar del delito a entregar a cosa o £ tolerar que se aproveche de ella, en la pena de cinco (5) a siete (7) años de reclusión. En la misma pena incurre el que al apoderarse a cosa que pertenece a otro o inmetiiatamen- pués de este acto use contra la persona que ido ai lugar del ira consecuencia de enfer- sona incapaz de re medad mental o física” Si en aIWuno de los casos mencionados en el se comete empleando onar 0 para matar, la pena se aumentará en la
**Artículo 3.** % Esta Ley su promulgación.
a regir desde
El Presidente, JorGE RUBEN Rosas. El Secretario General, Alberío Arango N. República de Panamá.—Organo Ejecutivo Naci nal.—Presidencia de la República.— Panamá, 17 de enero de 1963.
Comuníquese y publíquese. ROBERTO F. CHIARL
El Ministro de Gobierno y Justicia, MARCO A. RoBrEs.
MODIFICASE EL ARTICULO 7Z% DE LA LEY N? 4 DE 1958, Y DE LA LEY N9 60 DE 1961, SOBRE CURSOS DE EXTENSION UNIVERSITAR¡A
(DE 1¡ DE EN: por la cual se modifica el £ N? 4 del 13 de enero de 19 de¡ 11 de diciembre de 196
Extensión Univ
cnlo 20 de de Ley de la Ley N* 60 obre cursos de taria. La Asaiñblea Nocional de £ DECEETA
Dada en la ciudad de Panamá, a los catorce días del mes de enero de mil novecientos sesenta y tres. .
**Artículo 1.** % El Artículo 2 del 18 de cnero de 1958 y de 1a Lor 760 del 11 de diciembre de 1961 quedará as <Artículo 2? Para cumplir_cor templados. en el artículo anteriar;: el Presupuesto de Renias y Miice, a partir de 19 mamá, de la Ley