SOBRE EMPLEADOS DE COMERCIO.
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LEY
8 Referencia: 1931 Fecha(dd-mm-aaaa): 11-02-1931 SOBRE EMPLEADOS DE COMERCIO.
ASAMBLEA NACIONAL 06002 Publicada el:02-05-1931 DER. DE TRABAJO
Empleo en el sector privado, Jubilaciones y pensiones
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GACETA UFICIAL,
MARTES MAYO 12 DE 1931
PopER LEGISLATIVO
SE CORRIGE UNA LEY POR HARER SALIDO ERRADA
LEY 8 DE 1931 (D£ 11 DE FEBRERO) sobre empleados de Comercio. 1a Asamblea Nacional de Panamá, DEORETA:
Astículo 17 Las empresas naturales o jurídicas establecidas en el país que se dediquen el comercio 0 a las industrias, reconoce- Tán e los empleados o a los que mediante contrato o en cualauier forma hayan trebajado o trabajen a su servicio veinte años comtínuos, sin interrupción, y que entonces sé retiraren del empleo. una pensión vitelicia del treínte por ciento de 5u último sueldo Tencual; si se retiraren a los veinticinco años, tendrán derecho al
incuenta por ciento; si se retiraren a los tremta años tendrán Carecho a sesenta por ciento; y si se retiraren a los treinta y cinco años, tendrán derecho al ciento por ciento.
Parágrafo: En ningún caso el retiro podrá ocurrir entes de que los interesados havan cumplido la edad de 41 años; si de- Sean ebtener el 30% de su último sueldo mensual; de 46 años el T0o: de 51, al 60% y de 56 años el 100%. _Cuando el retiro ocu- Tra antes de los años a que se hacen acreedores a 1a pensión, los Interesados tendrán derecho a que se les reconozca el valor de un mes de su último sueldo por cada año que hayan servido, siembre Tue ye trate de servicios contínuos, sin interrupción, durante diez años por lo menos.
SOBRE EMPLEADOS DE COMERCIO.
Titulo:
**Artículo 2.** Después de dos años de servicio _contínuo, los empleados o los que mediante contrato o en cualquier forma ha van prestado dicho servicio, tendrán derecho a que se les Tecono?-Ya n mes remnerado de vacaciones en cada uno de los años sub-Siguientes las cuales pueden ser acumulables hasta por dos años.
**Artículo 3.** Esta Ley regirá desde su sanción.
El Presidente, Carros GUEVARA.
El Secretari
Antonio Alberto Valdés.
República de Panamá—Poder Ejecutivo Nacional—Panamá, 11
de Febrero de 1931. Publiquese y ejecútese. R. J, ALFARO. El Secretario de Agricultura y Obras Públicas,
Raon E. Mona,
La:—Por adolecer de errores la publicación de la Ley $ de
yos1 que corre incerta en la Gaceta OFICIAL número 3944 de 2 de Marzo se procede en consecuencia a una mueva Pu-
hlicación. El Archivero de la Asamblea Nacional,
. Enstorgio Tejeira P. Pansmá, 9 de Mayo de 1931.
— LAGOR EN GOBIERNO Y JUSTICIA
sitinuéve dias del mes de Abril
CECILIO CESPEDES Y., CELADOR SEGUNDO DE 1a CARCEL MODELO
pECRETO NUMERO $$ DE 19%1, |
H RJ ALFARO.
arío de Gobierno y Jus
F. Atas T.
REMIGIO MELENDEZ — PRACTICANTE DEL CUERPO DELA POLICIA NACIONAL DECRETO NUMERO 29 DE 1951
(0r 20 De
(ue 20 yE ARE
Lor el cual 2e hace yn nombrámi !
pl primer Desionado, Encorgado del | P Esecuti ¡
en uso de sus facutiades tegalts, oecenra:
a
artícoto dnico. Mógbrase al 3 | por ñc Eatillo Césnedea V. Celador “- del Cus ¿mndo de la Cáreel Modelo, en rec Slazo del señor Ramón Rodríguez.
p de la Te El Primer Desionar Comuniquese y publiquese Podor”
. Encargedo del e7 Djccativo,
pecETA:
Artículo único. Nómbrase al señor Remirio Moléndez Practicante del Cuergo de la Policín Nacional en la
Comuniquese y publinnese.
Dado en la clvdad de Panamá, a os veintinueve días del mes de Abri de ml novecientos treinta y UNO
R 3 ALFARO.
El Sceretario de Gobierno y Jus ticia,
y. ARaS P SE NOMBRA INTERINAMENTE MEDICO AD-HONOREM DEL CUERPO DE POLICIA pECRETO NUMERO 90 DE 1951 (05 20 0E ADETE)
por el cual se nombra en interinided Nlédico “ndhonorem del Cuerpo de Pólicía Nacional
El Primer Designado, Encargado del Poder Esccutivo, en uso de sus facultades Jegales, mECRET
Articulo único. Nómbrase al De Carlos E. Mendora, en interinidad Ñiédico aáhonorem 'del Cuerpo de la Tolicia Nactonel, mirntras dure la Ticeneia concedióz al titular.
Comuniquese y publiquese. Dado en la ciudad de Panamá, a
1os veintínucve días del mes de Abril
de mil novecientos treinta y uno.
EJ ALFARO.
secretario de Gobierno y Jus
e ticia, Y. Amas P VIGILANTES DE LA COLONIA PENAL DE COIBA DECRETO NUMERO 91 DE 1981 (05 4 0e MAvO)
por el cual se hacen varios nombra-Tuientos en la Colonia Penal de Coiba.
El Primer Desiquado, Encargado del Poder Ejeculivo,
en vso de cus facultades legales, pEcaETA: Artículo único;—Se nombra a los r
señares Manuel de J Gonzdier y Jor Se Manuel Bartoli Vigilantes de la
Cotonir. Pensl de Coivo, en _reemple" qo de Sergio Palacios y - Gertrudis Gorzátaz,
Com niquese y publiquest.
D 1a ciudad de Panamá a los cuatra dias del imes ¿e Mayo de mil Fovecrntos ireinta y UNO
E 3 ALFARO.
El Gecretario de Gobiemo y Jus
F Amas Po
CHAUFFER DEL CUERPO DE POLICIA NACIONAL SUMERO 22 DE 1981
3 De Mavo) ror el enal se huec un nombramiento Yel Cuerpo de la Políeia Nacional
El Priner Designado, Encarsado del Podor Ejecutico.
en vso de
único:—Se nombr adl
y Justiia. Comníqueso y publiquese.
Dado en la ciudud de Panemá a las s "de Mayo de
RJ ALFARO.
uEl Seertario de Gobiermo y Jur
E ARíAs D.
Dado en la ciudad de Panamá, a de sus encaltades Tegales,
CONCEDESE LIBERTAD CONDICIONAL A OTTO SEIDELL RESOLUCION NUMBRO 111
República de Panamí—Poder Eie ucvo Nacional— Secretarís de Gubjerno” y Justicia—Sección Se-cunda.— Resolución número 111— Pannmá, 29 de Abril de 1981-
Oto Seidell, de 27 años de edad, solero, de oficio mecánico y nab sal de Alemania, reo del delito de Eomicidio “por , Travrudencia quien Tesie el 9 de ADTIl de 1031, s6 eN
hepa que =e le cones donal durante 2a cuarta parte de Csa vena, de aeuerdo con el artículo 20 acl Cádigo Penal.
Acompaña a u petieión un certifí cado del Director de la Cáveel Modelo, donde se halla, en que omsta que ha observado, durante su perma” Tencia en dicho estabiecimiento, bue-Ta condocia que revela su arrepez Timiento y carreceión y e hias de las partes dispositivas de las Tentoncias de primera y segunda 1as Tancias dictades en su caso no figu rmido en ellas comoreincidente, con 19"cual neredita su derecho a la' grar cia”que soticita.
En consideración a lo expuesto, sa RESUFLVE:
Goncodor a Otio Seidel), la lbe 1adcondiciona? deranse muevo días de arreva e emivle a u s parío de Ta pena que e impusita, Siobdo ntendido que ye seroeará es: de Mecolución sí el agraciado mentve En Ta mueva vielación de “a Ley p Tai Tantes del “reneimiento “completo de' y" condona. 'Como ya ha curapi de 1a Cs cuartas parles de su conr de d prdena sa lbertad - condi-al esde esta fecha.
Comuníquese y publiquese.
R. J. ALFARO.
El Srcretario de Goblerno y Jue ticia,
F ARS P.7
SE RECONOCE PERSONALIDAD
JURIDICA A LA SOCIEDAD DE DETECTIVISMO PRIVADO
RESOLUCION NUMERO 115
República de Panamá — Poder Ejer “eutivo - Nacional—Secretaría de Gobierno_y Justicia—Seeción Se. gunda.—Resolución número 1 Panamá, 28 de Abril de 1931
En memorial de 27 de las corí Despacho, el se-res, mavor de edad,
tar solicita. del P Ciedad de Detectivismo Trivad
de Teconones, personería jurídicn. a la mencionada sociedad, ara lo cual invoca el articulo 18 de
an e el Ddl códico Civil"vigen-
Adjunta a en
e dundación de la sceledas, 0-del actu en la eval ge aprobaron Rá estarptos, (ieta de los miembros de E soledia 7 copa, de os ial
_ En virtud de lo expueste y de com sormidad con los artículos 18 y 20
de Ta Constlución Nacional y 6l de Siaizo Cl Ve Uneso ). *
$a nESUELVE:
mo persona jurídica y ajcobar sus estatutos. Comuniquse y publiquese
R 7 ALFARO.
PE Sesrtario de Gabierno y Justi
F ARIAS D.