POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARANCEL DE IMPORTACION.
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional ha emprendido un programa para modernizar el sistema económico nacional a fin de estimular la competencia e incrementar la eficiencia del proceso productivo con miras a lograr un abaratamiento de los bienes de consumo y en consecuencia, el mejoramiento del ingreso real de la población:
Lue en revisiones realizadas al Arancel de Importaciór de nuestro pais, se ha anciado la existencia de tarifas arancelarias que no guardan equivalencia entre su errespondi derecho ad-valorem y ezpecifico, causando distorsiones Jentro del sistema:
Que de conformidad con el rdinal 7o0. del Articulo 195 de la Constitución FPolítica, son funciones del Conzejo de Gabinete fijar y modificar l:s aranceles, tasas y cCemás disposicione: concernientes al régimen de Aduanas:
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: Mcdifiquese la siguiente rartida al Arar Importaciór
[ a
PERTIDA DE S C RIPCION TARIFA
TARIFA
5.0%
40
N* 22.596 Gaceta Oficial, lunes 8 de agosto de 1994 3
64.02.01.00 ZAPATILLAS Y CALZADOS PARA DEPORTES 5.0% 64.02.02.00 CALZADOS DE CASA 20.0% 64.02.03.00 CHANCLETAS, CON VALOR CIF IGUAL O
INFERIOR A B/10.00, CADA PAR 40.0% 64.02.04.00 CHANCLETAS, CON VALOR CIF MAYOR DE
B/ 10.00 CADA PAR 10.0%
64.02.80.01 PARA HOMBRES, CON VALOR CIF IGUAL
O INFERIOR A B/40.00, CADA PAR — B/6.00 C/PAR ó 20.0% 64.02.80.02 PARA HOMBRES, CON VALOR CIF
SUPERIOR A B/40.00, CADA PAR B/3.00 C/PAR ó 5,0% 64.02.80.03 PARA DAMAS, CON VALOR CIF IGUAL
O INFERIOR A B/30.00,CADA PAR E/6.00 C/PAR ó 20.0% 61.02.80.04 PARA DAMAS, CON VALOR CIF
SUPERIOR A E/30.00, CADA PAR B/3.00 C/PAR 6 5.0% 64.02.80.05 PARA NIÑOS, CON VALOR CIF IGUAL
O INFERIOR A B/20.00, CADA PAR B/6.00 C/PAR 6 30,0% 64.02.80.06 PARA NIÑOS, CON VALOR CIF -
SUPERIOR A B/20.00, CADA PAR 20.0% 64.02.80.07 PARA INFANTES B/4.00 C/PAR ó 20.0% 64.03.00.00 CALZADOS DE MADERA O CON PISO DE MADERA
O DE CORCHO 15.0% 64.04.00.00 CALZADO CON PISO DE OTRAS MATERIAS (CUERDAS,
CARTON, TEJIDO, FIELTRO) 15.0% 64.05.00.00 PARTES COMPONENTES DE CALZADOS (INCLUIDAS
LAS PLANTILLAS Y LOS REFUERZOS DE TALONES
O TALONERAS) DE CUALQUIER MATERIA EXCEPTO
METAL 15.0% 64.06.00.00 BOTINES, POLAINAS, ESPINILLERAS, VENDAS Y
ARTICULOS SIMILARES Y SUS PARTES 15.0%
ARTICULO TERCERO: Elimínense del Arancel de Importación las Sub partidas arancelarias 64.01.01,64.01.02,64.02.01, 64.02.02, 64.02.03, 64.04.80, 64.05.01, 64.05.80, Y la 62.06.80 y las partidas arancelarías: 42.02.8D.00.42.03.02.03,44.15.00.00.(8.05.00.00. 64.01.01.01,64.01.02.0: 4.01.01.02,64.01.02.02,
64.01.02.03,64. -02.01.01,64.02.01.02, 64.02.01.03,64.02.0: .DQ.64.02.01.05.54.02.01.06. 64.02.02.01,64. 02 64.02.02.03,64.02.02.04, 64.02.02.05,64. 61.02.03.02,64.02.03.03, 64.02.03.04,64. 05,64.02.03.06,64.03 91.00, 64.03.02.00,64, 00,64.03.04.00,64.03 80.00,
54.05.BD.99,64.06.01.00.54.06.02.DD.54.06.80.01.
ARTICULO CUARTO: De conformidad con le rrevisto en el Numeral 7 del
POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARANCEL DE IMPORTACION.
**Artículo 195.** de la Constitución Política de la República de Panama, remitir copia autenticala del presente Decreto de Gabinete a la Asamblea Lesislativa. ARTICULO QUINTO: Este Decreto de Gab Partir de su promala COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE, nete comenzará a regir a Dado enta ciudad de Panamá, alos27 días del mMesdejulio de mil novecientos noventa 'y Cuatro 1994. GUILLERMO ENDARA GALIMANY GREGORIO ORDOÑEZ W. Presidente de la Republica Ministro de Trabajo y Bienestar Social JACOBO SALAS RJCACRDO FABREGA Ministro de Gobieno y Justicia Ministro de Comercio e indiustrias inis Joº . NÍIÍ¿LIKIO RICARDO ENRIQUE ICAZA, a. i. Ministro de Relaciones Exteriores Ministro de Vivienda 4 Gaceta Oficial, tunes 8 de agosto de 1994 N* 22,596 CESAR PEREIRA BURGOS h M¡r¿gvszf 3¿—%%'35' F%5¡Zcos Ministro de Desarollo Agropecuario : JUAN ANTONIO VARELA . c.. i , DELIA CARDEN$S - " Ministro de Hacienda y Tesoro Ministra de Planificacion y Politica Economica GERMAN VERGARA ROBERTQ R. ALEMAN Z. Ministro de Educacion Minisiro A$€,Í% JOSE ARISTEIDES REMON — VONNEY! Ministro de Salud Ministra de la Presidencia “CONSEJO DE GABINETE RESOLUCION DE GABINETE N*, 433 (De 27 de julio de 1994) "Por la cual se emite concepto favorable al Contrato de Préstamo que suscribirá el INSTITUTO DE RECURSOS HIDRAULICOS Y ELECTRIFICACION (IRHE) con el ABN AMRO BANK, N.V., Sucursal de Atlanta, Estados Unidos de América”. EL CONSEJO DE GABINETE CONSIDERANDO : Que el INSTITUTO DE RECURSOS HIDRAULICOS Y ELECTRIFICACION (IRHE) celebró el día 7 de febrero de 1994 la Licitación Pública No.063-93 para el financiamiento, adquisición, transporte y entrega en el sitio y mantenimiento preventivo y correctivo de la flota vehicular del INSTITUTO DE RECURSOS HIDRAULICOS Y ELECTRIFICACION (IRHE) por período de (3) años. Que mediante la Resolución No.82-94 de 29 de marzo de 1994, la Junta Directiva del INSTITUTO DE RECURSOS HIDRAULICOS Y ELECTRIFICACION (IRHE) en concordancia con - la recomendación de la Comisión Evaluadora Intergubernamental, resolvió adjudicar definitivamente los Renglones No.1 y 2 de la referida licitación pública a la empresa MOTORES COLPAN, S,A. representante de 1a firma CANAGRUA, por un monto CIF para la adquisición, transporte y entrega en el sitio de la £flota vehicular del INSTITUTO DE RECURSOS HIDRAULICOS Y ELECTRIFICACION (IRHE) de 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS “UNIDOS DE AMERICA (U-5.A.$19,680,500); y para el mantenimiento preventivo y sonreciivo Por el término de tres (3) años, la vam de SIETE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (U.S.A.$7,745,255.00). Que cumplidas las instancias de aprobación exigidas Ley, 21 INSTITUTO DE RECURSOS Í'I¡DRQIXUI.IICOPSÚt 1; ELECTRIFICACION (IRHE) y MOTORES COLPAN, S.A, suscribieren NN finaciamiento 2oqvisición y mantenimiento” preventivo y corract m por tres (3) años, de 645 unidades vehiculares del INSTITUTO 1 De laCURSOS HIDRAULICOS Y ELECTRIFICACION (Imue) de la í cualos: 73 unidades son equipo pesedo (Renglón le || y 194 1 unidades son equipo liviano (Renglán No.2). h Que el Pliego de Cargos y Especificaciones rigió la Licitación Pública No.063-94, exigía aportar la fuente de financiamiento para contrato respectivo, por un monto de 85% suministro, pagaderos en 12 Ppagos tximlisilzaizsstº¡c¿F1GEI comprometiéndose el INSTITUTO DE RECURSOS HIDRAULICOS y ELECTRIFICACIÓN (IRME) a aportar el 154 reoran o AULICOS Y Técnicas que al ofertante amparar el