POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARANCEL DE IMPORTACION.
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto de Gabinete N“*2 de 23 de enero de 1991, el Consejo de Gabinete aprobó la reducción a 19% ad-valorem de un —.grupo de partidas arancelarias, vinculadas en su mayoría al sector construcción,
Que, de acuerdo a revisiones realizadas, modificar la descripción de una de las parti en el Decreto de Gabinete antes citado, a fin los controles de certific:ción por parte del Ministerio ue
necesario
Gaceta Oficial, jueves 15 de julio de 1995 S 22.329
“.. — ORGANO DEL ESTADO” ! Fundada por el Decreto de Gabinete N* 10 de 11 de noviembre de 1995 | REYNALDO GUTIERREZ VALDES MARGARITA CEDEÑO B. DIRECTOR SUBDIRECTORA , aa Dirección General de ingresos ÉS Norte (Eloy Alfaro) y Callo 3a:Casa .No. 3-1 irección Genera greso: e N a o ae Cludad de panem. IMPORTE DE LAS SUSCRIPCIONES Teléfono 28-8631, Apartado Postal 2189 Minimo.6 Meses en la República: B/.18.00 Panamá s Fapablea de P En leee mados BL 1600 más porta néreo LEYES A&sg&c%acgv OTRAS “Un año en el exterior, B/.36.00, más porte aéreo NUMERO SUELTO: B/.0.75 : Todo pago adelantado. »
Comercio e Industrias y que la importación sea únicamente regulada por la descripción que prevea el Arancel de Importación. Ne
Que, de conformidad con el Ordinal 7% del Artículo 195 de la Constitución Política, son funciones:. del Cosejo” de Gabinete . £ijar: y modificar los aranceles; tasas y demás . disposiciones concernientes al récimen de aduanas, con sujeción a :las: leyes a que se refiere el Ordinal II del Artículo .153 de la Constitución:Política. -
DECRETA:
POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARANCEL DE IMPORTACION.
**Artículo 1.** : Modifíquese la siguiente partida del Arancel de Importación. PARTIDA DESCRIPCION TARIFA 69.08.02.00 Para revestimiento de pisos y paredes (brillante o mate, biselados, altos y bajos re-lieves, diseños de estampado), excepto las medidas: 15 cm. x 1l5cm.; 15 em. =. 20 c.M.; 22 C.M.X 220mM.; y 33 cm. x 33 cm.; aún cuando presenten las características arriba mencionadas. De conformidad Numeral 7 del Art Constitución Política de la Re. copia autenticada del presente Asamblea Legislativa. rtícu 3.: Este Decreto empezará a regir su promulgación. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE Dggo en la Ciudad de Panamá. a los siete días del mes de juio de mil novecientos navenia y fres (1993). " - GUILLERMO ENDARA GALIMANY Presidente de ic República MO Es LINARES Ministto de Relaciones Exteriores N* 22.329 Gaceta Oficial, jueves 15 de juiio de 1993 5 REDO ARÍAS ROBERTO ALFARO E ALF ia Ministro de Comercio e indiustrios Ministro de Obras Públicas N CUILLERMO E QUIJANO MARIO J. GALINDO Ministro - de Vivienda Ministro de Hacienda y Tesoro CESAR PEREIRA BURGOS n…Jº REE º”ºº"¿g…º2…º r Ministo d35u¡x cÁ"£sms' m Ministro de Trabajo y Secial Ministra de Planificación y Política Económica GUHLBÁM)H]LAFMENEI JULIO C. HARRIS Ministro de Salud Ministro de la Presidencia Y Encargado de Educación Yy Encargado de Gobieno y Justicia - MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO RESOLUCION N 71 Panamá, 15 de junio de 1993 El Ministro de Hacienda y Te Soro en uso de sus facultades legales y previa recomendación de la Junta de Evaluación, EONSIDERANDO : Que el señor ADILIO T. DE GRACIA, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal No.6-35-535, solicitó a la Junta de Evaluación, creada mediante el artículo 643 del Código Fiscal, reformado por la Ley 61 de 1978, la expedición de 1icen. ia para ejercer las funciones de Agente Corredor de Aduanas; Que el señor ADILIO T. DE GRACIA, ha cumplido con los requisitos que señala el artículo 642 del Código Fiscal, modificado Por la Ley 61 de 1978, así como con los exigidos por la Direc ción General de Aduanas, a saber: - a. Ha presentado los siguientes documentos: 1. Certificado de no Defraudación Fiscal, expedido por la Administración de Ingresos de la provincia de Panamá, en el cual se certifica que no hay constancia de que haya cometido delito fis cal alguno. Certificado expedido bor el Director General de la Policía Técnica Judicial, en el cual se certi fica que, según sus archivos no ha sido penado por contranvenciones de policía ni por delito co mún alguno. - $. Certificado expedido por el Secretario General de Aduanas, en el cual se certifica que no ha íncu-rrido en delito aduanero o defraudación fiscal en la Dirección General de Aduanas, “. Certificado expedido por la Directora General de Comercio Interior del Ministerio de Comercio e Ín dustrías en el que se certífica que, de acuerdo — <on los archivos del Departamento de Licencias de dicha entidad, no posee Licencia Comercial ni Industrial, 5. Diploma del Instituto Justo Arosemena del 29 de di ciembre de 1978, por el cual se le confiere el título de Bachiller en Comercio. 6. Certificación expedida por la U nión Nacional de Agen tes Corredores de Aduanas, en la cual se hace cone- E SLATIVA — ASAMBLEA L