POR EL CUAL SE ADOPTA UNA MEDIDA FISCAL.
CONSIDERANDO:
Que el aparte “b” del artículo 1* de la Ley 11 de 1934 autoriza al Poder Ejecutivo para que, en caso de que resulten superávits en algunas partidas del Presupueste o en la percepción de las rentas, pueden usarse para cubrir déficits que resulten de otras partidas;
Que durante el primer trimestre del bienio actual han resultado superávits en algunas partidas del Presupuesto de rentas;
DECRETA:
POR EL CUAL SE ADOPTA UNA MEDIDA FISCAL.
**Artículo 1.** % De los superávits que resultaren de la percepción de las rentas se adicionan las partidas del Presupuesto así: Secretaría de Gobierno y Justicia
las jubilaciones de los empleados públicos según la Ley 7* de 1935, la suma de B. 178,800.00,
Para pagar los gastos de la Junta de Inquilinato de acuerdo con las leves 50 de 1931 y 8” de 1935 y el De-creto 28 de 1935, la suma de B. 96,000.00.
Secretaría de Instrucción Pública
tro de Estudios Pedagógicos e Hispano Americanos d rante el bienio, la suma de B. 30,500,00.
Capítulo X. Para pagar los gastos ocasionados por
Capitulo XXVIIE. Para atender a los castos del Con-
**Artículo 2.** De los superávits que res partida 804 del Presupuesto se tras . 20.000.00 asi: Serretaria de Instrveción Pública Capítvio XXVIIL el funcionamiento de la Unive nio la suma de B, 20,000.00, Comuniquese y publiquese, taren de 1 asará la suma gastas mUe ca acional en el
HARMODIO ARIAS.
El Secretario de Gobierno y Justicia, Encargado del Despacho de Hacienda y Tesoro,
GALILEO SoLIs.
Pedro Calonge G. traspasa contrato de arrendamiento a Francisco Amuy
CONTRATO NUMERO 2
Entre los suscritos, a saber: Galileo Solís en su carácter de Secretario de Gobierno y Justicia encargado de la Secretaría de Hacienda y Tesoro, debidamente autorizado por el Excelentísimo señor Presidente de la República, en nombre de la Nación, por una parte que en el curso de este Contrato se llamará El Gobierno; Pedro Calonge García, en su propio nombre por otra
Primero. El 12 de Septiembre de 1930 se cclebró en-tre el señor Pedro Calonge García y el Gobierno un con-trato de arrendamiento distinguido con el número 25 por el cual el Gobierno dió en arrendamiento a Pedro Ca-tonge García la Sección Occidental de la casa de pro. piedad Nacional ubicada en la Avenida Norte de esta ciudad, cerca del Mercado Público,
Segundo. El Conrato arriba mencionado fue prorro-yo por el número 17 de 14 de Octubre de 1933, por Tres (3) años que vencen el 12 de Octubre de 1938,
Tercero. Por medio del presente convenio Pedro Ca. Jonge García traspasa a Francisco Amuy todos los de. vechos y obligaciones que tiene por razón de los contra-1os arriba mencionadas.
Cuarto. El Goebierno l:usula que antecede “ranciseo Amuy,
Quinto. El Secretario de Gohierno y Justicia ancar. zado de la Secretaría de Hacienda y Tecoro firma este <onvenio en nombre de la Nación de acuerdo con la re.
acepta el traspaso que en la ce Pedre - Calonge García a