{"meta":{"recurso":"norma/acuerdo-2025-74","mirada":"publico","filas":17,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"acuerdo-2025-74.p1","orden":1,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"REPÚBLICA DE PANAMÁ\nCONCEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO\nAlcaldía de\nSan Miguelito\nACUERDO No.74\n(Del 18 de noviembre de 2025)\n\"Por medio del cual se concede un periodo de moratoria sobre la Tasa de\nServidumbre Municipal\"","ini":0,"fin":219}
{"id":"acuerdo-2025-74.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MIGUELITO EN USO DE SUS\nFACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES;","ini":221,"fin":324}
{"id":"acuerdo-2025-74.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"C O N SI D E R A N D O:\nQue de conformídad con el artículo 232 de la Constítución Política de la República de Panamá, los\nMunicipios son una organización política autónoma de la comunidad establecida en un Distrito;\nQue, el Artículo 242 de la Constitución Política de la República de Panamá, establece que es\nfunción del Concejo Municipal, sin perjuicio de otras que la Ley señale, expedir, modificar,\nreformar y derogar Acuerdos y Resoluciones Municipales; al igual que el numeral 9 señala es\nfunción de los Concejos Municipales expedir acuerdos municipales referentes a las materias\nvinculadas a las competencias del municipio, con fuerza de ley en el Distrito.\nQue, con fundamento en el Artículo 14 de la Ley 106 de 1973, corresponda a los Concejos\nMunicipales regular la vida jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza\nde Ley dentro del respectivo distrito;\nQue, el Artículo 57 de la Ley 106 del 8 de octubre de 1973 dispone que los Tesoreros tienen dentro\nde sus atribuciones efectuar la recaudación de los tributos y presentar proyectos de acuerdos\ndeclarando moratorias para el cobro de los tributos municipales, los cuales deben ser aprobados\npor el Consejo Municipal;\nQue la tasa de servidumbre municipal constituye un ingreso munícipal de naturaleza no impositiva,\nderivado del aprovechamiento o utilización de bienes de dominio público municipal, por lo que su\nrégimen de cobro y eventuales medidas de condonación o incentivo pueden ser reguladas\ndirectamente por Acuerdo del Consejo Municipal\nQue, el Municipio de San Miguelito enfrenta un nivel considerable de morosidad en el pago de\nservidumbres municipales, lo cual repercute negativamente en la recaudación y afecta la adecuada\nplanificación presupuestaria. Esta situación genera además un desequilibrio en la carga tributaria,\nrecayendo con mayor presión sobre los contribuyentes cumplidores, lo que resulta contrario a los\nprincipios de equidad y justicia tributaria que deben regir la gestión pública.\nQue, con el propósito de incentivar el pago voluntario y brindar alternativas viables a los\ncontribuyentes morosos, se considera necesario establecer medidas temporales de condonación\ntanto sobre la tasa principal como sobre los recargos acumulados, mediante la formalización de\narreglos de pago. Esta medida forma parte de una política fiscal orientada a la recuperación efectiva\nde la cartera morosa, al fortalecimiento de la cultura tributaria, al saneamiento financiero municipal\ny a la reactivación económica local, por todo lo anteriormente expuesto. La Tesorería Municipal\nde San Miguelito adoptará las medidas necesarias para tales efectos.","ini":326,"fin":2970}
{"id":"acuerdo-2025-74.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Concejo Municipal de San Miguelito\nCorreo: municipalsmconcejo@gmail.com","ini":2972,"fin":3043}
{"id":"acuerdo-2025-74.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Dirección: Vía Circunvalación, Paraíso, frente a\nla Iglesia Cristo Redentor","ini":3045,"fin":3120}
{"id":"acuerdo-2025-74.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"1","ini":3122,"fin":3123}
{"id":"acuerdo-2025-74.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"2","ini":3125,"fin":3126}
{"id":"acuerdo-2025-74.p8","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la petición, fue analizada, revisada, discutida en Comisión de Hacienda y Aprobada en Sesión\nOrdinaria, por lo que luego del análisis realizado está Cámara edilicia considera que es oportuno y\npertinente acceder a la misma.\nQue, en mérito de lo expuesto, el Concejo Municipal del Distrito de San Miguelito, en uso de sus\nfacultades constitucionales y legales,","ini":3128,"fin":3491}
{"id":"acuerdo-2025-74.p9","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ACUERDA:","ini":3493,"fin":3501}
{"id":"acuerdo-2025-74.aPRIMERO","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo PRIMERO","contenido":"**ARTÍCULO PRIMERO:** Se concede una condonación del cien por ciento (100%) sobre los\nrecargos aplicados por el incumplimiento en el pago de las tasas de servidumbres, a los\ncontribuyentes que cancelen la totalidad de su deuda acumulada hasta el mes en curso del período\nfiscal 2025.","ini":3503,"fin":3786}
{"id":"acuerdo-2025-74.aSEGUNDO","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo SEGUNDO","contenido":"**ARTÍCULO SEGUNDO:** Durante el período de vigencia del presente Acuerdo, los\ncontribuyentes que cancelen voluntariamente la totalidad de su deuda acumulada hasta el período\nfiscal 2025, podrán acogerse a una reducción temporal del noventa por ciento (90%) del monto\nadeudado por concepto de Tasa de Servidumbre residencial.","ini":3788,"fin":4113}
{"id":"acuerdo-2025-74.aTERCERO","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo TERCERO","contenido":"**ARTÍCULO TERCERO:**\nDurante el período de vigencia del presente Acuerdo, los\ncontribuyentes que cancelen voluntariamente la totalidad de su deuda acumulada hasta el período\nfiscal 2025, podrán acogerse a una reducción temporal del ochenta por ciento (80%) del monto\nadeudado por concepto de Tasa de Servidumbre comercial.","ini":4115,"fin":4438}
{"id":"acuerdo-2025-74.aCUARTO","orden":13,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo CUARTO","contenido":"**ARTÍCULO CUARTO:** Se concede condonación sobre el monto adeudado en concepto de la tasa\nde servidumbre y de los recargos respectivos a los contribuyentes que, dentro del término de\nvigencia del presente acuerdo, fonnalicen un arreglo de pago por la totalidad de la deuda acumulada\na la fecha de su entrada en vigor., conforme a las siguientes condiciones:\n\n2020 - 2024\n\n30%\n\n80%\n\n2019 - hacia atrás\n\n60%\n\n90%","ini":4440,"fin":4851}
{"id":"acuerdo-2025-74.aQUINTO","orden":14,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo QUINTO","contenido":"**ARTÍCULO QUINTO:** Arreglo de Pago. Se concede condonación del sobre Tasa de\nServidumbre y de los recargos a los contribuyentes que formalicen un arreglo de pago por la\ntotalidad de la deuda acumulada a la fecha de entrada en vigor de este acuerdo, conforme a las\nsiguientes condiciones:\n\nDEUDA DESDE\n\nDEUDA HASTA\n\nPORCF.NTA.JE\n\nABONO l~ICIAL\n\nDE\n\nCTOT.-\\\n\nM.ÁXIMA\n\nB/. 200.00\n\nBl.1,000.00\n\n40%\n\n6\n\nB/. 1,000.01\n\nB/.3,000.00\n\n30%\n\n10\n\nB/. 3,000.01\n\nB/.5,000.00\n\n26%\n\n12\n\nB/. 5,000.01\n\nB/.8,000.00\n\n15%\n\n15\n\nB/. 8,000.01\n\nen adelante\n\n10%\n\n18","ini":4853,"fin":5396}
{"id":"acuerdo-2025-74.aSEXTO","orden":15,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo SEXTO","contenido":"**ARTICULO SEXTO:** Presentación obligatoria de la Resolución de Custodia. Para acogerse a\nlos beneficios establecidos, los contribuyentes con servidumbre deberán presentar resolución de\n\nConcejo Municipal de San Miguelito\nCorreo: municipalsmconcejo@gmail.com\n\nDirección: Vía Circunvalación, Paraíso, frente a\nla Iglesia Cristo Redentor\n\ncustodia correspondiente. El incumplimiento de esta obligación impedirá el acceso a dichos\nbeneficios.","ini":5398,"fin":5838}
{"id":"acuerdo-2025-74.aSÉPTIMO","orden":16,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo SÉPTIMO","contenido":"**ARTÍCULO SÉPTIMO:** Autorización administrativa. Se autoriza a la Tesorería Municipal para\nadoptar las medidas administrativas, operativas y tecnológicas necesarias que permitan optimizar\nlos procesos de fiscalización, gestión y recaudación de los tributos municipales y a realizar las\nadecuaciones al Sistema Tributario para el cumplimiento del presente Acuerdo.","ini":5840,"fin":6205}
{"id":"acuerdo-2025-74.aOCTAVO","orden":17,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo OCTAVO","contenido":"**ARTÍCULO OCTAVO:** Vigencia. El presente Acuerdo Municipal entrará en vigor desde su\naprobación, sanción y publicación en la Gaceta Oficial y se mantendrá vigente hasta el 16 de\nfebrero de 2026.\n\nDado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal del Distrito de San Miguelito, a los dieciocho\n(18) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025).\n\nH.i ::c~fl~'\n\n.C. JUAN BARSALLO\n\nPresidente del Concejo Municipal\n\nSecretaria General del Concejo Municipal\nSANCIONADO: El Acuerdo setenta y cuatro (74) del día dieciocho (18) de noviembre, del año\ndos mil veintic· co (2025)\n\n1,\n\n\"-;.\n;>'\n\nAlcald\nr\n\n·- ~MIGU~_./\n\nn ~ ~f~N'Sfílli~¡·u, !\n\n~ ~\n\no ~} ~,tiuflJ\nCONCl!Jo MUNICIPAL DE SAN MIO*\nCERTIFICO QUI! !S Fl!L COPI~\nDE SU ORIGINAL\n\n6.\n\nf --~ ¡ :;\n!\n\n~\n\n;\n\nW\n\nl!i\n\n:;;\n\nº (,!)\n\na\n\n~\n\n:~\ntq 'ir~\n\n~~~-=_~\n\n-\n\n.\n\n.\n\nConcejo Municipal de San Miguelito\nCorreo: municipalsmconcejo@gmail.com\n\nPowered by TCPDF (www.tcpdf.org)\n\nDirección: Vía Circunvalación, Paraíso, frente a\nla Iglesia Cristo Redentor\n\n3","ini":6207,"fin":7220}
