{"meta":{"recurso":"norma/acuerdo-2023-25-2023","mirada":"publico","filas":8,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"acuerdo-2023-25-2023.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"Acuerdo 0025-2023 de 2023","contenido":"Acuerdo 0025-2023 de 2023","ini":0,"fin":25}
{"id":"acuerdo-2023-25-2023.a1","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** Crear e implementar los siguientes Juzgados, atendiendo a la división territorial en lo judicial así: A. JURISDICCIÓN DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA * Juzgado 2º de Niñez y Adolescencia del Segundo Distrito Judicial, con sede en Coclé. * Juzgado Municipal de Niñez y Adolescencia del Primer Distrito Judicial, en la Provincia de Colón. * Juzgado Municipal de Niñez y Adolescencia del Primer Distrito Judicial, en el Primer Circuito Judicial de Panamá.","ini":27,"fin":487}
{"id":"acuerdo-2023-25-2023.a2","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** Cada uno de los Juzgados de Niñez y Adolescencia, que se crean por medio del presente Acuerdo estarán integrados por el personal que determine la Estructura de Cargos del Órgano Judicial.","ini":489,"fin":692}
{"id":"acuerdo-2023-25-2023.a3","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 3","contenido":"**Artículo 3.** Todos los cargos dentro de los Juzgados creados e implementados mediante el presente Acuerdo deberán ocuparse, conforme a las normas de la Ley 53 de 27 de agosto de 2015, que regula la Carrera Judicial, una vez se aperturen los Concursos respectivos.","ini":694,"fin":960}
{"id":"acuerdo-2023-25-2023.a4","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 4","contenido":"**Artículo 4.** El Juzgado 2º de Niñez y Adolescencia del Segundo Distrito Judicial con sede en Coclé, creado mediante el presente Acuerdo, tramitará y decidirá los procesos que le sean repartidos, hasta que se equipare en cuanto al número de procesos con el Juzgado existente, y posteriormente, conocerá los que le correspondan mediante Acuerdo de Reparto, conforme a lo preceptuado en el articulo 158 del Código Judicial.","ini":962,"fin":1385}
{"id":"acuerdo-2023-25-2023.a5","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 5","contenido":"**Artículo 5.** Los Juzgados Municipales de Niñez y Adolescencia creados mediante el presente Acuerdo en Colón y Panamá, tramitarán y decidirán los nuevos procesos que ingresen en el Órgano Judicial desde el momento de la instalación de dichos Despachos.","ini":1387,"fin":1641}
{"id":"acuerdo-2023-25-2023.a6","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 6","contenido":"**Artículo 6.** Las gestiones y actuaciones en los procesos asignados a los Jueces de los nuevos Tribunales, se surtirán y cumplirán en las instalaciones que se les asignen.","ini":1643,"fin":1816}
{"id":"acuerdo-2023-25-2023.a7","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 7","contenido":"**Artículo 7.** El presente Acuerdo entrará a regir a partir de su aprobación y deberá ser publicado en la Gaceta Oficial. FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículos 87 y 158 del Código Judicial, Ley 53 de 27 de agosto de 2015.","ini":1818,"fin":2035}
