Por el cual se declara a la República de Nicaragua como jurisdicción reconocida para los efectos de la definición contenida en el numeral 36 del artículo 49 de la Ley del Mercado de ValoresTipoAcuerdoNúmero4-2020Año2020Fecha3 abr 2020Gaceta28997EmisorSuperintendencia del Mercado de ValoresArtículos2