Por el cual se declara a la República de Colombia como jurisdicción reconocida para los efectos de la definición contenida en el Artículo 1 del Decreto Ley 1 de 8 de julio de 1999TipoAcuerdoNúmero2-2009Año2009Fecha5 may 2009Gaceta26293EmisorComisión Nacional de ValoresArtículos3
**Artículo 1.** DECLARAR a la República de Colombia como jurisdicción reconocida para los efectos de la definición contenida en el artículo 1 del Decreto Ley 1 de 8 de julio de 1999.
**Artículo 2.** Los valores inscritos o autorizados para su oferta pública por la Superintendencia Financiera de Colombia y cuyos emisores son supervisados por ésta Autoridad en la República de Colombia podrán ser registrados en Panamá a través del Procedimiento Abreviado de Registro de Valores adoptado por el Acuerdo 8-2003 del 9 de julio de 2003.
**Artículo 3.** El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial.
**Fundamento Legal:** Artículo 1, 31 y 76 del Decreto Ley 1 de 8 de julio de 1999.
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