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No 26297
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No 26297
Gaceta Oficial Digital, viernes 05 de junio de 2009
CONSEJO MUNICIPAL DE PANAMA Panamá, R. P. ACUERDO Nº 141 De 31 de octubre de 2008. POR EL CUAL SE REGULA LAS REUNIONES SOBRE CONSULTA CIUDADANA PARA LAS SOLICITUDES DE CAMBIOS DE ZONIFICACIÒN DE USO DE SUELO EN EL DISTRITO DE PANAMA EN BASE AL DEL ARTICULO 8 DE LA , QUE REGLAMENTA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL PARA EL DESARROLLO URBANO Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES. EL CONSEJO MUNICIPAL DE PANAMA, en uso de sus facultades legales y, C O N S I D E R A N D O: Que la Ley Nº de 1 de febrero de 2006, que Reglamenta el Ordenamiento Territorial para el Desarrollo Urbano y dicta otras disposiciones, establece que para los cambios de uso de suelo, llevarse a cabo, la consulta ciudadana con los residentes del corregimiento en donde se pretenda construir la obra; Que del , le otorga a los Municipios la competencia, para que regulen mediante Acuerdo, todo lo relativo a las consultas ciudadanas; Que es deber de la Comisión de Vivienda, Transporte Urbano y Sub-Urbano, proponer al Pleno del Consejo Municipal, los proyectos de acuerdo, que faciliten el ordenamiento territorial y desarrollo urbano, cónsono con las infraestructuras de vías, estacionamientos, servicios públicos y demás facilidades, que permitan un desarrollo urbanístico responsable y armónico, con el medio ambiente y con los ciudadanos que habitan en localidades; A C U E R D A:
**ARTÍCULO PRIMERO:** Ordenar, que las consultas ciudadanas relativas a los cambios de uso de suelo (Zonificación), realizarse directamente en los Corregimientos en donde se pretenden efectuar cambios y construir los desarrollos inmobiliarios solicitados.
**ARTÍCULO SEGUNDO:** En las consultas ciudadanas que se realicen, participar además de los residentes que se puedan ver afectados con el cambio de zonificación, el Ministerio de Vivienda, la Junta Comunal correspondiente y la Junta de Planificación Municipal. La convocatorio para estas consultas, se hará entre otros medios, a través de volanteos directos en la localidad afectada, publicación en periódicos y otros.
**ARTÍCULO TERCERO:** El presente Acuerdo empezará a regir a partir de su promulgación. Dado en la Ciudad de Panamá, a los treinta y un (31) días del mes de octubre del año dos mil ocho (2008). EL PRESIDENTE, H.C. JAVIER ORTEGA EL VICEPRESIDENTE, H.C. SENEN MOSQUERA EL SECRETARIO JOSÉ DE LA ROSA CASTILLO ALCALDÍA DEL DISTRITO DE PANAMÁ Panamá, 12 de noviembre de 2008 Sancionado: El ALCALDE ENCARGADO No 26297 Gaceta Oficial Digital, viernes 05 de junio de 2009 IVAN ARROCHA CHEVALIER Ejecútase y Cúmplase LA SECRETARIA GENERAL NORBERTA A. TEJADA CANO CONSEJO MUNICIPAL DE PANAMÁ: ESTE ACUERDO FUE PRESENTADO A LA CONSIDERACIÓN DE LA HONORABLE CAMARA EDILICIA , POR EL HONORABLE CONCEJAL CARLOS PEREZ HERRERA, REPRESENTANTE DEL CORREGIMIENTO DE SAN FRANCISCO.
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