POR MEDIO DEL CUAL SE DEROGA EL ACUERDO MUNICIPAL N° 3 DE 22 DE FEBRERO DE 1990 Y SE REESTABLECE EL ACUERDO N° 32 DEL 13 DE DICIEMBRE DE 1984TipoAcuerdoNúmero5Año2001Gaceta24465Artículos2
**Artículo 1.** Aprobar, por urgencia, el presente Acuerdo por el cual se adicionan dos pkrafos al Articulo 4 del Acuerdo No. lo-00 de 23 de junio del 2000, para que en adelante lea así:
“ARTICULO 4: El suministro de Estados Financieros que no cumplan estrictamente con la forma y contenido prescritos en los Acuerdos No. 02-00 de 28 de febrero del 2000 y No. 08-00 de 22 de mayo del 2000 se considerar8 Incompleto y generará una multa admlnistrativa de DOSCIENTOS BALBOAS (W200,00), por la primera vez. La relneldencia en el suministro de Estados Financieros Incomplrtoe g@nwrri, una multa sdmlnlrtrotlva de CUATROCIENTOS BALBOAS (B/,400,00), II ourl II Inorrmrntrrl on m0ltlploa de DOSCIINTOBBALBOA8(11~200~00) por vlolaolonu ruorrlvar,
La Comlrkin Naclonrl de Valono harl III nvlrlbn ds los Crtrdor FInancIeroodentro de loe alnco (1) dlsaohdbiler algulonter I Ir fecha de .-..
su recibo y comunloatd al Inbresodo 188 obswmelones que correspondan, Las obeeruadonss que 88 formulen debetan ser atsndldar dentro da los slguisntea cinco (5) dlaa h8biles. La mora an la atsncibn da las observaciones formuladas por la Comisih, causara la multa por mora establecida en el Artlculp 2 del presente Acuerdo.
Sin perjuicio de lo anterior, el supervisado que presente Estados Financleros Incompletos dentro de los plazos previstos en el Acuerdo No. 8-00 de 22 de mayo del 2000, a saber, 60 dlas después del cierre dei trimestre para los Estados Interlnos y 90 dias despues del cierre del ejercicio para loa anuales, tendrá oportunidad hasta el venclmlento de dichos plazos para completarlo, sin que se aplique la sancl6n admlnistratlva antes dispuesta.
Queda expresamente entendldo que SI el Estado Flnanclero no ea debldamente completado en los plazos señalados por el Acuerdo No. E-00, generará la multa de B1.200,OO a que se refiere el primer pdrrafo de este Articulo.”
**Artículo 2.** Este Acuerdo comenzar8 a regir a partir de su publicacih en Gaceta Oficial.
Comunidad · Norma
La conversación
Preguntas, observaciones y lecturas compartidas sobre esta norma. Las intervenciones son públicas; no sustituyen el texto oficial.
Aún no hay intervenciones. La primera lectura puede abrir la conversación.
✦ La lectura es pública. Para participar necesitas Premier activo. Ver mi cuenta
Subrayar por intervalo, sin la barra
Selecciona palabras de un artículo o indica un intervalo. Sin JavaScript, escribe también el texto exacto y todo el prefijo que lo precede dentro del bloque.