(PARA LOS EFECTOS DE APLICACION DEL LIMITE DE CREDITO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 63 DEL DECRETO LEY Nº9 DE 1998 SE FIJA ALCANCE DE "GRUPO ECONOMICO PARTICULAR.)TipoAcuerdoNúmero1Año1999Gaceta23781Artículos1
**Artículo 63.** DEL DECRETO LEY Nº9 DE 1998 SE FIJA ALCANCE DE "GRUPO ECONOMICO PARTICULAR.)
Dictada por: SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Gaceta Oficial: 23829 Publicada el: 30-06-1999 Rama del Derecho: DER. BANCARIO
Palabras Claves: Crédito, Bancos e instituciones financieras
Páginas: 3 Tamaño en Mb: 0.972 Rollo: 177 Posición: 1962
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