Texto
**CONSIDERANDO:**
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Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
CONSIDERANDO:**
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
2señales
2tipos presentes
2bloques señalados
641palabras · 113 oraciones
**CONSIDERANDO:**
**Artículo 1.** Los ingresos municipales no tributarios se ajustan en la siguiente tarifa: I. JARDÍN BOTÁNICO SUMMIT: Otros Servicios públicos municipales Renta 1216-06-001 1\. Entrada al Jardín: a. Visitantes residente en Panamá (adultos)........................................................................................B/.1.00 por persona b. Visitantes extranjeros (adultos)......................................................................................................... B/.2.00 por persona c. Menores.......................................................................................................................................................................Gratis d. Estudiantes Uniformados acompañados de profesores o maestros en excursiones........................................Gratis e. Jubilados, pensionados y tercera edad....................................................................................................................Gratis 3\. Arrendamientos de Ranchos (Se mantiene las tarifas del Acuerdo 99 de 23 de septiembre de 1992) 4\. Filmaciones Filmaciones con fines comerciales de los hábitat y bellezas escénicas del Parque B/.100.00 por hora. CONCESIONES DE SERVICIOS: El Municipio conceder otros servicios que estime necesarios para mejorar el funcionamiento del Jardín Botánico. (Acuerdo 99 de septiembre de 1992, restaurante, puestos de venta de artesanías, etc.). II. CENTRO TURÍSTICO “MI PUEBLITO: 1\. Entrada de vehículos B/.0.50 por hora y fracción contra reloj 2\. Excursiones escolares acompañados por maestros ENTRADA GRATIS 3\. Uso del Centro para filmaciones comerciales B/.125.00 4\. Celebración de Bodas en la Capilla y otros actos religiosos (Sin incluir honorarios eclesiásticos) B/. 80.00 5\. Uso de la Plaza para recepciones, exposiciones y otras actividades B/.500.00 6\. Almuerzos o cenas en la Casa de Quincha (Sin incluir comida horas máximo por tres horas máximo) B/.150.00 7\. Alquileres de sillas y mesas B/. 1.00 y B/. 4.00 por unidad 8\. Alquileres de platos y cubiertos a razón de (Modifica Acuerdo Nº 127 de 8 de agosto de 1995B/.0.50 por unidad III. MERCADOS MUNICIPALES: MERCADO AGRÍCOLA CENTRAL: MERCADO DE MARISCOS. A. Arrendamiento de local en la Planta Alta, de 21.43 M2 a razón de B/.0.50 diario por metro cuadrado = B/.10.72 diarios. B. Arrendamiento de local de baños (1) a razón de B/.172.00 mensual Local para depósito de hielo (por construir) a razón de B/.175.00 mensual. IV. OCUPACIÓN TEMPORAL DE ACERAS: Con materiales de construcción pagarán a razón de B/.1.00 diario por etro cuadrado. V. CEMENTERIOS MUNICIPALES: 1\. Inhumaciones en Bóvedas B/. 15.00 anuales En cajas guarda restos, o cenizas en osarios Procedentes de otros lugares B/. 10.00 anuales 2\. Exhumaciones De Bóvedas, fosas u osarios B/. 15.00 anuales De cajas guarda restos, o cenizas para trasladar a otros lugares B/. 10.00 anuales 3\. Incineraciones Incineración de cadáveres de adultos B/.235.00 Incineraciones de menores de 10 años B/.150.00 Incineración de estos: Por los primeros B/. 75.00 Por restos adicionales de otro adulto si la incineración se realiza conjunta B/. 75.00 Incineración de restos de niños menores De 10 años se pagarán B/.100.00 Por los primeros y B/. 75.00 Adicionales hasta un número de tres restos incinerados conjuntamente. Trituración de restos de adultos B/. 50.00 Trituración de restos de menores B/. 30.00 4\. Arrendamientos De bóvedas para adultos B/. 25.00 anuales De bóvedas para menores de 7 años B/. 10.00 De bóvedas especiales Para adultos B/. 30.00 anuales Osarios para adultos y niños B/. 10.00 Fosas para adultos y niños B/. 10.00 Venta de Bóvedas Para adultos B/.400.00 Osarios B/.150.00
**Artículo 2.** Este Acuerdo modifica los Acuerdos Municipales 99 del 23 de septiembre de 1992, 136 de agosto de 1996, 127 de 8 de agosto de 1995.
**Artículo 3.** El presente Acuerdo empezará a regir a partir de su promulgación.
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