POR EL CUAL SE CREA EL IMPUESTO SOBRE ESTACIONAMIENTO EN LA PLAYA LA ENSENADA.
Artículo 4del Decreto de Gabinete No. 238 de 2 de julio de 1970;Leer +
**Artículo 4.** del Decreto de Gabinete No. 238 de 2 de julio de 1970; Que corresponde a esta Comisión, según el Arfículo 14 del Decreto de Gabinete No, 238 de 2 de julio de 1970, fijar en el ámbito admi-nisrativo, la interpretación y alcance de las disposiciones legales en materia bancaria: Que corresponde a esta Comisión, según el,
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 48del Decreto de Gabinete No. 238 de 2 de julio de 1970, diciar disposiciones aplicables en materia de intereses subre los Depósitos de Ahorro Locales;Leer +
**Artículo 48.** del Decreto de Gabinete No. 238 de 2 de julio de 1970, diciar disposiciones aplicables en materia de intereses subre los Depósitos de Ahorro Locales; Que mediante el Numeral 3 del artículo 3 del Acuerdo No. 1-855 de 20 de noviembre de 1985 se establecieron limilaciones a la oportunidad para el pago de los intereses sobre los Depósitos de Ahorro Locales (capitalización irimestral de intereses): y Que se ha puesto de manifiesto en sesiones de trabajo de esta Comisión la conveniencia de reconsiderar las limitaciones antes referi-des, ACUERDA: ARTICULO UNICO: El Numeral 3 del Artículo 3 del Acuerdo No, 1-85 de 20 de noviembre de 1985. auedará nsí-zArtíc : Las siguientes disposiciones se aplicarán a los Depósitos de Ahorro Lo-cloles» 3.- Laforma y modalidad para el cálculo y la oportunidad de pago de losintere-$es sobre estos depósitos será de libre contratación entre las partes. En ningún Easo, la oportunidad para capitalizar los intereses será posterior al vencimiento del trimestre. Dedo en la ciudad de Panamá, ales catorce C(14) días del mes de marzo de mil novecientos noventa (1990>,
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →COMUNIQUESE Y CUMPLASE,
COMUNIQUESE Y CUMPLASE,
Artículo 14del Decreto de Gab!ne?esi%9gaeñl de ? de julio de 1970, fijar, en el mbito actmi-nistrativo, la interpretación y elcance de las disposiciones legales en materia bancaria;Leer +
**Artículo 14.** del Decreto de Gab!ne?esi%9gaeñl de ? de julio de 1970, fijar, en el mbito actmi-nistrativo, la interpretación y elcance de las disposiciones legales en materia bancaria; Que mediante Acuerdo No, 16-59 de 31 de ociubre de 1989 esta Comisión estableció eriterios aplicables a ja Organización adminis-iraliva de Bancos establacidos an Panamá; Que en sesiones de irabajo y cosulta de os3¿ Comisión se ha puesto de Manifiesto la con-veniencia de adicionar los criteros estabieci.
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