Por el cual se reforma el acápite b) del artículo 9ª de la Constitución Nacional.
POR EL CUAL SE REFORMA EL ACAPITE B) DEL ARTICULO 9ª DE LA CONSTITUCION NACIONALTipoActo LegislativoNúmero1Año1961Gaceta14329EmisorAsamblea NacionalArtículos2
**Artículo 19.** El Acápite b) del Artículo 9? de la Constitución Nacienal quedará así:
5 Los hi e y madre extranjeros nacidos en territorio nacional”.
**Artículo 29.**
La Asamblea
Panamá.—Organo ncia de la Repí de enero de 1961.
ó publíquese.
dispone el Artículo 252 de la Con: ROBERTO F, CHI stro de Hacienda y T
tro días del mes de enero de mi! 'soro,
senta y uno. - GILSERTO ArIASs G, El Presidente,
JACINTO LoPEZ Y LEon, ORGANO EJECUTH;O NAC!ONÁL -
Alberto Avango N.
ano Ejecutivo »
Miisterio de Hacienda y Tesoro
República.—Pana
ºJ de enero de 1961.
Comuníquese y prblíquese.
POT'£RTO F. CHIAR
NUMBR&M!E“JTO¿
v Justicia, 1U_¡w A Ronras,
MODIFICASE EL SUB-GRUPO 00)-04 DEL DECRETO LEY NUMERO 25 DE 1957
upo 001-04 de 23 de
Comunidad · Norma
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