Ficha institucional · registro vivo
Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales.
Dos procedencias pueden describir esta clave. Se muestran por separado: ningún campo del archivo sustituye un dato faltante del registro.
01 · Transclusion
Registro operativo
Dependencia del Ministerio de Economía y Finanzas —hoy Dirección de Bienes Patrimoniales del Estado— que lleva el inventario, valoración, custodia y control de los bienes muebles e inmuebles del Estado. Las funciones catastrales pasaron en 2010 a la ANATI.
- Tipo de órgano
- Órgano ejecutivo
- Alcance
- nacional
- Sector
- Inmobiliario y patrimonial
- Sigla
- DCBP
- Actualización del registro
- 2026-07-24
- Sitio oficial indicado
- No consta
Norma de creación
Decreto Ejecutivo 34 de 1985
Relaciones declaradas en el registro
Normas relacionadas · 0
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Jurisprudencia citada · 4
- ECLI:PA:CADM:2010:55448
- ECLI:PA:CADM:2005:49698
- ECLI:PA:CADM:2005:49740
- ECLI:PA:CADM:2010:55447
Actos registrados · 0
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Nombres alternativos · 3
- Direccion de Catastro y Bienes Patrimoniales
- Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales
- DCBP
Etiquetas de origen · 3
- Órgano ejecutivo
- Inmobiliario
- Catastro
Dependencias institucionales
el organigrama de esta institución no está cargado: `institucion_unidad` e `institucion_organigrama` no tienen ninguna fila suya, así que no se sabe quién depende de ella
02 · Iurispa
Ficha editorial conservada
Copia histórica, no norma vigente. El texto se conserva íntegro y su huella se verificó, pero no se ha cotejado con el cuerpo de la base ni con fuentes oficiales actuales.
La Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales es una dependencia del Ministerio de Economía y Finanzas encargada de levantar y mantener el catastro de los predios urbanos y rurales del país, fijar sus valores catastrales y administrar los bienes patrimoniales del Estado. Su labor sirve de base para la tributación inmobiliaria y para la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra, en coordinación con el Registro Público de Panamá.
Base legal
- Decreto Ejecutivo 34 de 3 de mayo de 1985, que define las funciones de la Dirección de Bienes Patrimoniales del Estado (modificado por el Decreto Ejecutivo 478 de 2011).
- Ley 24 de 5 de julio de 2006, que declara de orden público y de interés social las actividades de regularización y titulación masiva de tierras que ejecuta el Estado.
- Ley 80 de 31 de diciembre de 2009, que reconoce derechos posesorios y regula la titulación en las zonas costeras y el territorio insular (modifica la Ley 24 de 2006).
Las Leyes 24 de 2006 y 80 de 2009 se ejecutaban a través del catastro del Ministerio de Economía y Finanzas hasta 2010; desde la Ley 59 de 8 de octubre de 2010 su aplicación corresponde a la ANATI.
Qué se tramita ante la DCBP
- Solicitud y certificación del valor catastral de un inmueble.
- Avalúos de bienes inmuebles para efectos fiscales y de compraventa con el Estado.
- Revisión y registro de planos catastrales de fincas urbanas y rurales.
- Inscripción y actualización de bienes patrimoniales del Estado en el inventario nacional.
- Consultas y correcciones sobre la información catastral de un predio.
- Trámites de enajenación, arrendamiento o adjudicación de bienes de dominio público.
Funciones principales
Mantiene actualizado el catastro nacional y su vinculación con el Registro Público, determina los valores catastrales que sirven de base al impuesto de inmuebles, practica avalúos de bienes del Estado y de particulares en operaciones con el sector público, y lleva el inventario y administración de los bienes patrimoniales estatales.
Datos relacionados
Cifras de suelo y propiedad en el reporte de territorio.
Servicios relacionados
Relacionado: ministerio-de-economia-y-finanzas
03 · Parlamento