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Familia · preparación de datos

Necesidades y alimentos.

Ordena los gastos mensuales de una persona beneficiaria y señala qué información aún falta. El subtotal es la suma de tus datos, no una pensión calculada ni un pronóstico judicial.

01 · Necesidades

Presupuesto mensual declarado

Deja vacío lo que desconoces. Escribe 0 sólo si has comprobado que ese rubro no tiene gasto en el período. «Tengo respaldo» significa que cuentas con comprobante; esta hoja no lo adjunta ni verifica.

02 · Lectura

Lo registrado y lo pendiente

Registra al menos una necesidad mensual antes de formar el subtotal. No aparecerá un porcentaje sobre los ingresos.

03 · Capacidad

Datos económicos por reunir

La Ley 42 también manda considerar ingresos, egresos y recursos de las personas obligadas, junto con la situación del grupo familiar. Estas cifras se anotan por separado: no se restan para producir una pensión.

Además reúne edad, número de hijos de ambas partes, situación escolar y de salud, otros recursos y cambios relevantes. Un gasto extraordinario o una condición especial puede requerir tratamiento separado.

04 · Procedencia y límites

Por qué no hay una banda porcentual

Iurispa y Transclusion aplicaban bandas editoriales del 15–45 % según número de hijos, a la vez que advertían que no eran legales. Los artículos 5 y 6 de la Ley 42 de 2012 que se cotejaron describen necesidades, ingresos, egresos y otros factores, no esas bandas. Por ello Nucleus no las heredó.

El artículo 93 de esa ley derogó los artículos 377–388 del antiguo Código de la Familia; citar el 377 aislado como regla actual sería engañoso. La Ley 45 de 2016 reformó parte de la Ley 42. Este cotejo no sustituye revisar el texto consolidado y cualquier reforma posterior antes de actuar en un caso.

Esta hoja vive sólo en la sesión del navegador: no guarda, adjunta ni remite datos al expediente. La autoridad competente fija o revisa la cuota según hechos y pruebas; busca orientación profesional antes de presentar una solicitud.