Ir al contenido
Inicio

Tributario · rutas excluyentes

ITBMS o timbre.

Primero identifica qué operación o documento tienes. Estas cifras no se suman: son simulaciones distintas que requieren confirmar supuestos jurídicos antes de hacer la multiplicación.

01 · Clasificación

¿Qué vas a simular?

02 · Resultado

Referencia acotada

Selecciona el cálculo, indica el monto y confirma sus condiciones para ver una sola referencia.

03 · Procedencia

Lo que dicen las fuentes

Iurispa y Transclusion calculaban simultáneamente ITBMS y timbre a partir del mismo importe, aunque advertían que no debían aplicarse juntos de modo automático. Nucleus exige elegir una sola ruta y no clasifica por sí mismo si la operación está gravada, exenta o sometida a un régimen especial.

La DGI describe la tasa general del 7 % y clases del 10 % y 15 % para ITBMS. Su información del formulario 415 limita la tarifa de timbre aquí usada a documentos con acto, contrato u obligación por suma mayor de B/. 10, sobre asunto sujeto a jurisdicción panameña y sin impuesto especial de ese capítulo; también enumera excepciones.

Confirma la norma actual, el documento concreto, la condición del contribuyente, las exenciones y la clasificación con la DGI o asesoría tributaria antes de facturar o declarar. El resultado no acredita una obligación fiscal.