---
titulo: "Órgano Ejecutivo"
meta: "Rama del poder público que administra el Estado panameño: la integran el Presidente de la República y los ministros, con sus competencias y sus normas."
tipo_organo: "Órgano del Estado"
ambito: "Nacional"
creada_por: "Constitución Política, Título VI (artículo 175)"
materia: "Derecho constitucional y administrativo"
actualizado: 2026-07-07
resumen: "Rama del poder público encargada de administrar el Estado; la integran el Presidente de la República y los ministros de Estado."
idioma: "es"
tags: ["Órgano ejecutivo", "Constitución", "Administración pública"]
orden: 100
---

El Órgano Ejecutivo es una de las tres ramas en que la Constitución divide el poder público. Lo constituyen el Presidente de la República y los ministros de Estado, y a él corresponde administrar el Estado, ejecutar y hacer cumplir las leyes, dirigir las relaciones exteriores y conducir la administración pública nacional. De él dependen los ministerios y, bajo distintos grados de autonomía, las entidades autónomas y semiautónomas.

## Base legal
- [[constitucion-politica-de-1972]], Título VI "Órgano Ejecutivo" (artículos 175 y siguientes): composición del Órgano Ejecutivo, elección y funciones del Presidente y de los ministros de Estado.
- Constitución Política, artículo 179: atribuciones que el Presidente ejerce con la participación del ministro respectivo.
- Leyes que crean y organizan cada ministerio y las entidades del sector público.

## Qué hace / Competencia
- Sancionar, promulgar y hacer ejecutar las leyes, y reglamentarlas sin apartarse de su texto ni de su espíritu.
- Nombrar y remover a los ministros de Estado y demás servidores públicos de su ramo.
- Dirigir las relaciones exteriores, celebrar tratados y convenios internacionales y velar por la seguridad y el orden público.
- Presentar a la Asamblea Nacional el proyecto de Presupuesto General del Estado y demás iniciativas de ley que le competen.
- Conducir la administración pública a través de los ministerios y coordinar a las entidades autónomas y semiautónomas.

**Relacionado:** [[constitucion-politica-de-1972]], [[poder-legislativo]], [[organo-judicial]]
