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titulo: "Consejo de Coordinación Financiera"
tipo_organo: "Órgano ejecutivo"
sigla: "CCF"
ambito: "Nacional"
creada_por: "Ley 67 de 1 de septiembre de 2011 (Título I); origen en el Decreto Ejecutivo No. 57 de 2001"
sitio: "https://www.ccf.gob.pa"
materia: "Regulación y estabilidad del sistema financiero"
actualizado: 2026-07-07
resumen: "Órgano interinstitucional que coordina a los reguladores financieros de Panamá para preservar la estabilidad del sistema y reforzar la cooperación contra el blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo."
meta: "Órgano interinstitucional que coordina a los reguladores financieros de Panamá para preservar la estabilidad del sistema y reforzar la cooperación contra el…"
idioma: "es"
tags: ["Órgano ejecutivo", "Regulación financiera", "Cumplimiento"]
orden: 100
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El Consejo de Coordinación Financiera (CCF) es un órgano de alta coordinación entre los principales entes reguladores del sistema financiero panameño. No es una entidad autónoma ni tiene personería jurídica propia: presidido por el Superintendente de Bancos, reúne a los titulares de la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia del Mercado de Valores, la Superintendencia de Seguros y Reaseguros, el IPACOOP, el SIACAP y la Dirección Nacional de Empresas Financieras del Ministerio de Comercio e Industrias para articular la regulación, la supervisión y el intercambio de información entre ellos. La UAF y la Junta Técnica de Contabilidad participan con derecho a voz. Su función es de recomendación y coordinación, no de supervisión directa ni de atención de trámites al público.

## Base legal
- Ley 67 de 1 de septiembre de 2011 (Título I), que crea y regula el Consejo de Coordinación Financiera como sistema de coordinación y cooperación interinstitucional entre los entes de fiscalización financiera.
- Decreto Ejecutivo No. 57 de 16 de abril de 2001, norma que originalmente creó el Consejo (hoy superada por la Ley 67 de 2011).
- Resolución CCF No. 1-2012 de 5 de julio de 2012, que aprueba el Reglamento Interno del Consejo.
- Marco de prevención del blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo que orienta su labor de cooperación interinstitucional, incluida la [[ley-129-de-2020]] sobre transparencia y beneficiario final.

## Qué se gestiona ante el CCF
El CCF no opera como ventanilla de trámites para el ciudadano o la empresa; su interlocución es entre autoridades. Las gestiones que canaliza son, en la práctica:
- Recomendaciones de política y reformas legales al Órgano Ejecutivo en materia financiera.
- Coordinación de las actividades de supervisión entre los entes reguladores miembros.
- Mecanismos de intercambio de información entre superintendencias, respetando la confidencialidad legal.
- Interlocución con organismos financieros internacionales sobre regulación y supervisión consolidada.

Las solicitudes concretas de las personas y empresas reguladas (licencias, registros, reportes, supervisión) se presentan ante cada regulador miembro, no ante el Consejo.

## Funciones principales
- Recomendar al Órgano Ejecutivo políticas y reformas para mantener la estabilidad y competitividad del sistema financiero.
- Coordinar la supervisión de los entes reguladores para hacerla más eficiente y efectiva.
- Analizar la situación del sistema financiero nacional e internacional para identificar y mitigar riesgos sistémicos.
- Establecer los mecanismos de intercambio de información entre sus miembros.
- Servir de contraparte de organismos internacionales en regulación y supervisión consolidada.

## Datos relacionados
- [Cifras de economía](/observatorio/cifras/economia/) — indicadores del sector financiero y económico de Panamá.

## Servicios relacionados
- [Cumplimiento y prevención de blanqueo](/servicios/cumplimiento/)
- [Derecho corporativo y financiero](/servicios/corporativo/)
- [Monitoreo normativo](/servicios/monitoreo-normativo/)

**Relacionado:** [[ley-129-de-2020]]
