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titulo: "Comisión de Publicidad y Propaganda"
tipo_organo: "Órgano colegiado"
ambito: "Nacional"
creada_por: "Decreto Ejecutivo 230 de 2008 (art. 37)"
materia: "Salud pública"
actualizado: 2026-07-07
resumen: "Comisión técnica del Ministerio de Salud encargada de revisar la publicidad y propaganda sanitaria antes de su difusión."
meta: "Comisión técnica del Ministerio de Salud encargada de revisar la publicidad y propaganda sanitaria antes de su difusión."
idioma: "es"
tags: ["Órgano colegiado", "Salud"]
orden: 200
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La Comisión de Publicidad y Propaganda es un órgano técnico del Ministerio de Salud que actúa como ente asesor de la Dirección General de Salud Pública en materia de publicidad y propaganda sanitaria. Revisa, con carácter previo, la publicidad y propaganda relativa a la higiene, la medicina preventiva y curativa, los medicamentos y los productos de uso higiénico, medicinal, cosmético y de belleza, y recomienda su aprobación o rechazo para evitar que se difunda propaganda engañosa o perjudicial para la salud pública.

## Base legal
- Código Sanitario (Ley 66 de 1947), artículo 171: establece el régimen de aprobación previa de toda publicidad o propaganda referente a la higiene, la medicina preventiva y curativa, las drogas y los productos de uso higiénico o medicinal, cosméticos y de belleza (Capítulo Cuarto, «Propaganda Sanitaria»).
- Ley 13 de 24 de enero de 2008 (control del tabaco), artículo 31: modifica el artículo 171 del Código Sanitario para atribuir esa aprobación previa al Ministerio de Salud (antes correspondía a la Dirección General de Salud Pública).
- Decreto Ejecutivo 230 de 6 de mayo de 2008, reglamentario de la Ley 13 de 2008, artículo 37: crea la Comisión de Publicidad y Propaganda como ente asesor de la Dirección General de Salud Pública, integrada por representantes del Ministerio de Salud, la Autoridad Panameña de Seguridad Alimentaria y la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor.
- Reglamento interno de funcionamiento: Resolución 1293 de 2018, actualizada por la Resolución 0372 de 5 de marzo de 2024.

## Qué hace
- Revisa, antes de su difusión, la publicidad y propaganda de contenido sanitario y recomienda a la Dirección General de Salud Pública su aprobación o rechazo.
- Objeta la propaganda encaminada a engañar o explotar al público o que pueda resultar perjudicial para la salud.
- Asesora al Ministerio de Salud en el control de los mensajes publicitarios sobre medicamentos y productos de uso medicinal, cosmético y de belleza.

**Relacionado:** [[ministerio-de-salud]]
