---
titulo: "Pensión alimenticia en Panamá: guía completa 2026"
meta: "Pensión alimenticia en Panamá según el Código de la Familia: qué comprende, quién está obligado, cómo se fija el monto y qué pasa si no se paga."
autor: "Diego Ospina Serna"
fecha: 2026-07-04
actualizado: 2026-07-04
materia: "Derecho de Familia"
idioma: "es"
resumen: "Todo sobre la pensión alimenticia en Panamá según el Código de la Familia: qué comprende, quién está obligado, cómo se fija el monto, cómo se solicita el aumento o la rebaja, qué pasa si no se paga y las medidas para hacerla cumplir."
tags: ["Pensión Alimenticia", "Derecho de Familia", "Alimentos"]
orden: 20260704
---

La pensión alimenticia es el derecho de una persona a recibir de otra lo necesario para vivir, y uno de los reclamos de familia más frecuentes en Panamá. Se rige por el **Código de la Familia (Ley 3 de 1994)**. Esta guía responde las preguntas que más nos hacen.

> **Nota:** información general vigente a la fecha; cada caso se evalúa individualmente. Verifica el tuyo con un abogado.

## Qué comprende la pensión alimenticia

Los alimentos no son solo comida. En Panamá comprenden todo lo indispensable para el sustento y el desarrollo del beneficiario: **alimentación, habitación, vestido, asistencia médica, educación y recreación**. Tratándose de menores, incluye lo necesario para su formación integral.

## Quién está obligado a dar alimentos

La obligación es recíproca y sigue un orden. Deben alimentos, principalmente:

- Los **padres a sus hijos** (y los hijos a sus padres cuando estos lo necesitan).
- Los **cónyuges** entre sí.
- En defecto de los anteriores, otros parientes: ascendientes, descendientes y hermanos, según el grado.

## Cómo se fija el monto

No hay una tabla fija: el juez fija la pensión atendiendo a **dos factores que deben guardar proporción**:

1. La **necesidad** de quien pide los alimentos.
2. La **capacidad económica** de quien debe darlos.

Se consideran los ingresos del obligado, el número de hijos, el nivel de vida y las circunstancias de cada familia. Por eso dos casos parecidos pueden tener montos distintos.

## Cómo se solicita

El proceso de alimentos se tramita ante los **juzgados de niñez y adolescencia o de familia**, por una vía **ágil y sumaria** pensada para resolver pronto. Puede pedirse una **pensión provisional** desde el inicio, mientras se decide la definitiva, para que el beneficiario no quede desprotegido durante el proceso.

## Aumento, rebaja o cese

La pensión **no es inmutable**: se ajusta cuando cambian las circunstancias. Puede solicitarse:

- **Aumento**, si suben las necesidades del beneficiario o mejora la capacidad del obligado.
- **Rebaja**, si disminuye la capacidad del obligado o las necesidades del beneficiario.
- **Cese**, cuando desaparece la causa (por ejemplo, el hijo alcanza la independencia económica en los términos que la ley prevé).

## Qué pasa si no se paga

El incumplimiento de la pensión tiene consecuencias reales. Entre las medidas para hacerla cumplir están la **retención directa del salario** del obligado, medidas cautelares sobre sus bienes, y —en casos de incumplimiento injustificado— el **apremio corporal** (arresto) por desacato a la orden judicial. La pensión alimenticia es una obligación que el sistema panameño toma en serio.

> Relacionado: [patria potestad, guarda y régimen de visitas](/guias/patria-potestad-guarda-y-visitas-en-panama/) · [el divorcio en Panamá](/guias/divorcio-en-panama/).

*Base legal: Código de la Familia (Ley 3 de 1994). Contenido informativo, no constituye asesoría legal.*

---
**Relacionado:** [[juzgado-de-ejecucion-de-pension-alimenticia|Juzgado de Ejecución de Pensión Alimenticia]]
